Todos los contribuyentes en el impuesto sobre los IIBB – Convenio Multilateral, deben generar y presentar la declaración jurada anual ó CM05, la cual debe completarse con información del año calendario a excepción del campo «Determinación del coeficiente» el cual debe completarse con información del balance cerrado.
La Comisión Arbitral de Convenio Multilateral a través de la Disposición 7/2023 emitida el 15/5/2023, prorroga al 30 de junio de 2023 el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2022.
Asimismo, la utilización del coeficiente unificado actualizado es de aplicación obligatoria a partir del primer anticipo de año calendario, excepto cuando no fuera posible contar con la información necesaria para la determinación del mismo al momento de presentar la declaración jurada correspondiente, en cuyo caso debe utilizarse el nuevo coeficiente unificado a partir del cuarto anticipo.
- Requisitos
- ¿Quienes deben presentar el CM05?
- ¿ Cuándo se presenta el CM05 ?
- ¿Debe presentarse aunque no haya tenido ingresos?
- Cómo obtener el Formulario CM05 de Convenio Multilateral en simples pasos
- 1º parte: Datos a nivel país
- 2º Parte Resumen anual del período fiscal
- 3º Determinación del Coeficiente Unificado
- A partir de cuando debe aplicarse coeficientes?
- A partir de cuando se puede presentar la DDJJ ?
- Falta de presentación de la Declaración Jurada
- Saldo final a favor del contribuyente
Requisitos
¿Quienes deben presentar el CM05?
Los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan bajo el Régimen de Convenio Multilateral, ya sea del régimen general (art.2) como de los regímenes especiales.
¿ Cuándo se presenta el CM05 ?
En los casos que se determinen coeficientes (contribuyentes que tengan ingresos y gastos y que el periodo de actividad en convenio multilateral sea mayor a 90 días corridos anteriores al cierre de ejercicio), de contar con la información necesaria para determinar el mismo y poder aplicarlo en el primer anticipo del año calendario, podrá utilizarlo, caso contrario deberá comenzar a utilizarlo en el periodo del mes de Abril con su correspondiente ajuste de Enero, Febrero y Marzo.
Para las sociedades que no cierren balance al 31/12 siempre sufren desfasajes en el tiempo. Dichos desfasajes son producto del cierre del mismo.
Por ejemplo para la declaración jurada anual o CM05 2019 si el contribuyente cierra balance el 28/02/2019, para determinar coeficientes debe tomar los ingresos y gastos del balance cerrado entre 01/03/2018 y el 28/02/2019 sufriendo un desfasaje de aproximadamente un año.
Otro ejemplo es, si el contribuyente cierra balance el día 31/05/2019, para determinar coeficientes debe tomar los ingresos y gastos del balance cerrado entre 01/06/2018 y el 31/05/2019 sufriendo un desfasaje de aproximadamente seis meses.
Otro ejemplo es si el cierre de balance es el 31/08/2019, donde tiene que tomar los ingresos y gastos desde 01/09/2018 al 31/08/2019 sufriendo un desfasaje de aproximadamente cuatro meses
¿Debe presentarse aunque no haya tenido ingresos?
Si, están obligados a confeccionar y presentar la declaración jurada anual del impuesto.
Aquellos contribuyentes que durante el año no presentaran movimientos (sin facturación) deberán presentar de todas formas la declaración jurada anual o CM05. En este caso deberán importar en cero los archivos Excel de los siguientes campos en el SIFERE WEB:
- Resumen anual del período fiscal, allí debe ingresarse la fecha de cierre de ejercicio y confirmar los datos en cero.
- Determinación de Coeficientes
Cómo obtener el Formulario CM05 de Convenio Multilateral en simples pasos
- Ingresá a la web de AFIP con tu CUIT y Clave Fiscal.
- Entrá al servicio Convenio Multilateral – SIFERE WEB – DDJJ (si no lo encontrás, debés darlo de alta desde Administrador de relaciones de Clave Fiscal).
- A continuación, seleccioná el CUIT con el cual querés trabajar (en este caso, el tuyo).
- A la derecha, encontrarás un menú titulado “Declaraciones Juradas Anuales (Formulario CM05)”. Allí debés indicar que vas a realizar una nueva declaración jurada (desde ese mismo menú, también podés consultar las ddjj ya realizadas).
- Seleccioná el período a presentar, y hacé click en “crear nueva ddjj”.
- Se desplegarán distintas opciones que deberás completar: datos de tu actividad económica, ingresos totales devengados, porcentaje de facturación para cada una de las jurisdicciones, entre otras.
- Una vez que hayas cargado toda la información del período, confirmá y presentá el CM05.
1º parte: Datos a nivel país
Datos de Actividades
Se debe cargar los ingresos devengados (no sólo los gravados).
Datos de exenciones
Ingrese o modifique los datos de las Exenciones por Jurisdicción.
Ley / Decreto / Año (ejemplo exención a quienes estan en parques industriales), que porcentaje y fecha de inicio.
2º Parte Resumen anual del período fiscal
cargar la fecha de cierre fiscal
«Generar Resumen Anual» | resumen del período incluyendo las DDJJ presentadas hasta este momento. Disponible solo para CM03. |
«Descargar modelo de archivo» | para obtener un archivo modelo para la carga manual. |
3º Determinación del Coeficiente Unificado
Carga de Planilla de Cálculo de Ingresos y Gastos
Gastos computables (art 3)
Sueldos, jornales y toda otra remuneración
Combustibles y fuerza motriz (Fletes)
Reparaciones y gastos de conservación
Alquileres pagados
Primas de seguro
Gastos de compra
Gastos de administración
Gastos de producción
Gastos de comercialización
Amortizaciones ordinarias admitidas en el Impuesto a las Ganancias
(Contable-Impositiva = no computable; cuando la contable es mayor
Gastos NO computables (art 3)
CMV
Gastos de publicidad
Código | Descripción |
1000 | INGRESOS |
1100 | Ingresos por Ventas |
1101 | Ventas Mayoristas |
1102 | Ventas Minoristas |
1103 | Ventas por corredores, comisionistas |
1104 | Ventas entre ausentes |
1105 | Exportaciones |
1106 | Ingresos por servicios |
1200 | Otros Ingresos |
1201 | Intereses Plazo Fijo, caja de ahorros, etc |
1202 | Intereses financieros |
1203 | Ventas bienes de uso |
1204 | Otros ingresos |
1300 | Ingresos por Regimenes Especiales |
1301 | Art. 6 |
1302 | Art. 7 |
1303 | Art. 8 |
1304 | Art. 9 |
1305 | Art. 10 |
1306 | Art. 11 |
1307 | Art. 12 |
1308 | Art. 13 |
2000 | GASTOS |
2100 | Compras |
2101 | Compras de Materias Primas |
2102 | Compras de Materiales |
2103 | Compras de Mercadería de Reventa |
2104 | Gastos de Fletes por compras de bienes de cambio |
2200 | Cuadro de Gastos |
2201 | Sueldos y jornales fabricación |
2202 | Sueldos y jornales administración |
2203 | Sueldos y jornales comercialización |
2204 | Cargas sociales fabricación |
2205 | Cargas sociales administración |
2206 | Cargas sociales comercialización |
2207 | Honorarios por retribuciones y servicios |
2208 | Honorarios de Directores y Síndicos |
2209 | Comisiones |
2210 | Servicios Públicos (Luz,Gas,Telefono,etc) |
2211 | Publicidad y propaganda |
2212 | Impuestos, tasas y contribuciones |
2213 | Gastos de papelería y material de oficina |
2214 | Alquileres |
2215 | Seguros |
2216 | Transportes y fletes |
2217 | Regalías |
2218 | Reparaciones y mantenimientos |
2219 | Deudores incobrables |
2220 | Amortizaciones Bienes de uso |
2221 | Amortizaciones Intagibles |
2222 | Gastos Bancarios |
2223 | Intereses por operaciones financieras |
2224 | Otros interes |
2225 | Viajes y estadías |
2226 | Otros gastos |
Realizar el cálculo de Ajuste por Inflación
A partir de cuando debe aplicarse coeficientes?
La RG Nº 10/2019 (C.A.) modificó el período desde el cual se deben comenzar a utilizar los nuevos coeficientes unificados para liquidar el impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral, y deja la posibilidad de utilizar el coeficiente unificado a partir de abril «cuando no fuera posible contar con la información necesaria.
A partir de cuando se puede presentar la DDJJ ?
Falta de presentación de la Declaración Jurada
Con respecto a la falta de presentación, la multa no es automática, las jurisdicciones pueden enviar la intimación físicamente o al domicilio electrónico.
Saldo final a favor del contribuyente
En caso de que el saldo final del ejercicio fiscal, para una o más Jurisdicciones, hubiera resultado a favor del contribuyente, se consignará en el campo “Resumen Anual del Período Fiscal”. Este monto surge del ítem «Saldo a Favor» del último anticipo del año en que se está generando la declaración.
Convenio Multilateral: Breve guía práctica para la confección
https://www.consejosalta.org.ar/wp-content/uploads/Info.-Gral.-Convenio.pdf