Cómo liquidar Convenio Multilateral Anual (CM05)

Todos los contribuyentes en el impuesto sobre los IIBB – Convenio Multilateral, deben generar y presentar la declaración jurada anual ó CM05, la cual debe completarse con información del año calendario a excepción del campo «Determinación del coeficiente» el cual debe completarse con información del balance cerrado.

A través de la Resolución General 12/2024, publicada en el Boletín Oficial, se fijó el cronograma según terminación de número de CUIT. Las obligaciones mensuales (CM03 y CM04) vencerán entre el 15/17 y 18/23 según el mes. En tanto, a DDJJ anual 2024 (CM05) se podrá presentar hasta el 30 de junio de 2025. A su vez, se unifica el coeficiente a aplicar con la Resolución General 10/2019.

Requisitos

¿Quienes deben presentar el CM05?

Los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan bajo el Régimen de Convenio Multilateral, ya sea del régimen general (art.2) como de los regímenes especiales.

¿Cuándo se presenta el CM05 ?

En los casos que se determinen coeficientes (contribuyentes que tengan ingresos y gastos y que el periodo de actividad en convenio multilateral sea mayor a 90 días corridos anteriores al cierre de ejercicio), de contar con la información necesaria para determinar el mismo y poder aplicarlo en el primer anticipo del año calendario, podrá utilizarlo, caso contrario deberá comenzar a utilizarlo en el periodo del mes de Abril con su correspondiente ajuste de Enero, Febrero y Marzo.

Para las sociedades que no cierren balance al 31/12 siempre sufren desfasajes en el tiempo. Dichos desfasajes son producto del cierre del mismo.

Por ejemplo para la declaración jurada anual o CM05 2019 si el contribuyente cierra balance el 28/02/2019, para determinar coeficientes debe tomar los ingresos y gastos del balance cerrado entre 01/03/2018 y el 28/02/2019 sufriendo un desfasaje de aproximadamente un año.

Otro ejemplo es, si el contribuyente cierra balance el día 31/05/2019, para determinar coeficientes debe tomar los ingresos y gastos del balance cerrado entre 01/06/2018 y el 31/05/2019 sufriendo un desfasaje de aproximadamente seis meses.

Otro ejemplo es si el cierre de balance es el 31/08/2019, donde tiene que tomar los ingresos y gastos desde 01/09/2018 al 31/08/2019 sufriendo un desfasaje de aproximadamente cuatro meses

¿Debe presentarse aunque no haya tenido ingresos?

Si, están obligados a confeccionar y presentar la declaración jurada anual del impuesto.

Aquellos contribuyentes que durante el año no presentaran movimientos (sin facturación) deberán presentar de todas formas la declaración jurada anual o CM05. En este caso deberán importar en cero los archivos Excel de los siguientes campos en el SIFERE WEB:

  • Resumen anual del período fiscal, allí debe ingresarse la fecha de cierre de ejercicio y confirmar los datos en cero.
  • Determinación de Coeficientes

Cómo obtener el Formulario CM05 de Convenio Multilateral en simples pasos

  1. Ingresá a la web de AFIP con tu CUIT y Clave Fiscal.
  2. Entrá al servicio Convenio Multilateral – SIFERE WEB – DDJJ (si no lo encontrás, debés darlo de alta desde Administrador de relaciones de Clave Fiscal).
  3. A continuación, seleccioná el CUIT con el cual querés trabajar (en este caso, el tuyo).
  4. A la derecha, encontrarás un menú titulado “Declaraciones Juradas Anuales (Formulario CM05)”. Allí debés indicar que vas a realizar una nueva declaración jurada (desde ese mismo menú, también podés consultar las ddjj ya realizadas).
  5. Seleccioná el período a presentar, y hacé click en “crear nueva ddjj”.
  6. Se desplegarán distintas opciones que deberás completar: datos de tu actividad económica, ingresos totales devengados, porcentaje de facturación para cada una de las jurisdicciones, entre otras.
  7. Una vez que hayas cargado toda la información del período, confirmá y presentá el CM05.

Datos de actividades

1º parte: Datos a nivel país

Datos de Actividades

Se debe cargar los ingresos devengados (no sólo los gravados).

Carga de los ingresos

Datos de exenciones

Ingrese o modifique los datos de las Exenciones por Jurisdicción.

Ley / Decreto / Año (ejemplo exención a quienes estan en parques industriales), que porcentaje y fecha de inicio.

2º Parte Resumen anual del período fiscal

cargar la fecha de cierre fiscal

«Generar Resumen Anual»resumen del período incluyendo las DDJJ presentadas hasta este momento.
Disponible solo para CM03.
«Descargar modelo de archivo»para obtener un archivo modelo para la carga manual.

Determinación del Coeficiente Unificado

Carga de Planilla de Cálculo de Ingresos y Gastos

Carga de Planilla de Cálculo de Ingresos y Gastos

Gastos computables (art 3)

Sueldos, jornales y toda otra remuneración
Combustibles y fuerza motriz (Fletes)
Reparaciones y gastos de conservación
Alquileres pagados
Primas de seguro
Gastos de compra
Gastos de administración
Gastos de producción
Gastos de comercialización
Amortizaciones ordinarias admitidas en el Impuesto a las Ganancias
(Contable-Impositiva = no computable; cuando la contable es mayor

Gastos NO computables (art 3)

CMV (costos

Gastos de publicidad

Gastos computablesGastos NO computables
Sueldos, jornales y toda otra remuneración
Combustibles y fuerza motriz (Fletes)
Reparaciones y gastos de conservación
Alquileres pagados
Primas de seguro
Gastos de compra
Gastos bancarios
Gastos de administración
Gastos de producción
Gastos de comercialización
Amortizaciones ordinarias admitidas en el Impuesto a las Ganancias
(Contable-Impositiva = no computable; cuando la contable es mayor
Costo de materia prima y mercaderias
Costo de obras y servicios
Gastos de Publicidad y promoción
Tributos Nacionales, Provinciales, Municipales
Intereses
Honorarios y sueldos a directores, síndicos y socios de sociedades
Gastos vinculados a exportaciones
Amortización de bienes intangibles

Asignación de Gastos. Casos particulares

ARTÍCULO 4º -Se entenderá que un gasto es efectivamente soportado en una jurisdicción, cuando tenga una relación directa con la actividad que en la misma se desarrolle (por ejemplo: de dirección, de administración, de fabricación, etcétera), aún cuando la erogación que él representa se efectúe en otra. Así, los sueldos, jornales y otras remuneraciones se consideran soportados en la jurisdicción en que se prestan los servicios a que dichos gastos se refieren.

Los gastos que no puedan ser atribuidos con certeza, se distribuirán en la misma proporción que los demás, siempre que sean de escasa significación con respecto a éstos. En caso contrario, el contribuyente deberá distribuirlo mediante estimación razonablemente fundada.

Los gastos de transporte se atribuirán por partes iguales a las jurisdicciones entre las que se realice el hecho imponible.

CódigoDescripción
1000INGRESOS
1100Ingresos por Ventas
1101Ventas Mayoristas
1102Ventas Minoristas
1103Ventas por corredores, comisionistas
1104Ventas entre ausentes
1105Exportaciones
1106Ingresos por servicios
1200Otros Ingresos
1201Intereses Plazo Fijo, caja de ahorros, etc
1202Intereses financieros
1203Ventas bienes de uso
1204Otros ingresos
1300Ingresos por Regimenes Especiales
1301Art. 6
1302Art. 7
1303Art. 8
1304Art. 9
1305Art. 10
1306Art. 11
1307Art. 12
1308Art. 13
2000GASTOS
2100Compras
2101Compras de Materias Primas
2102Compras de Materiales
2103Compras de Mercadería de Reventa
2104Gastos de Fletes por compras de bienes de cambio
2200Cuadro de Gastos
2201Sueldos y jornales fabricación
2202Sueldos y jornales administración
2203Sueldos y jornales comercialización
2204Cargas sociales fabricación
2205Cargas sociales administración
2206Cargas sociales comercialización
2207Honorarios por retribuciones y servicios
2208Honorarios de Directores y Síndicos
2209Comisiones
2210Servicios Públicos (Luz,Gas,Telefono,etc)
2211Publicidad y propaganda
2212Impuestos, tasas y contribuciones
2213Gastos de papelería y material de oficina
2214Alquileres
2215Seguros
2216Transportes y fletes
2217Regalías
2218Reparaciones y mantenimientos
2219Deudores incobrables
2220Amortizaciones Bienes de uso
2221Amortizaciones Intagibles
2222Gastos Bancarios
2223Intereses por operaciones financieras
2224Otros interes
2225Viajes y estadías
2226Otros gastos

Realizar el cálculo de Ajuste por Inflación

Uso de tabla dinámica en excel

A partir de cuando debe aplicarse coeficientes?

La RG Nº 10/2019 (C.A.) modificó el período desde el cual se deben comenzar a utilizar los nuevos coeficientes unificados para liquidar el impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral, y deja la posibilidad de utilizar el coeficiente unificado a partir de abril «cuando no fuera posible contar con la información necesaria.

A partir de cuando se puede presentar la DDJJ ?

Falta de presentación de la Declaración Jurada

Con respecto a la falta de presentación, la multa no es automática, las jurisdicciones pueden enviar la intimación físicamente o al domicilio electrónico.

Saldo final a favor del contribuyente

En caso de que el saldo final del ejercicio fiscal, para una o más Jurisdicciones, hubiera resultado a favor del contribuyente, se consignará en el campo “Resumen Anual del Período Fiscal”. Este monto surge del ítem «Saldo a Favor» del último anticipo del año en que se está generando la declaración.

Ejemplo de ajuste por inflación min 18:36

Carga de la declaración jurada en el aplicativo AFIP min 45:40

Convenio Multilateral: Breve guía práctica para la confección

https://www.consejosalta.org.ar/wp-content/uploads/Info.-Gral.-Convenio.pdf

Convenio Multilateral (texto normativo)
Presentación de IIBB CM05 – Declaración Jurada Anual

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