Delegar servicios con clave fiscal
Cuando las gestiones ante la AFIP se delegan a un tercero, la situación debe formalizarse a través del servicio “Administrador de relaciones”
La clave fiscal es una contraseña segura, personal e intransferible. Cuando los contribuyentes deciden delegar en un tercero la operación de sus servicios con clave fiscal, deben hacerlo a través del «Administrador de Relaciones», una herramienta informática que permite efectuar la delegación de manera segura y oficial.
Se trata de un procedimiento sencillo que consta de dos partes: una a cargo del contribuyente y otra a cargo de quien actuará en su representación.
Primera parte
El contribuyente debe:
Ingresar con su cuit y clave fiscal al servicio “Administrador de relaciones”
Seleccionar “Nueva relación”
En la opción “Servicios”, hacer click en “buscar”
Seleccionar el ícono de AFIP y, luego, el servicio que se quiere delegar
En la opción “Representante”, hacer click en “buscar”
Ingresar la CUIT de a quien se quiere delegar el servicio y presionar “buscar”
Seleccionar el destinatario y presionar “confirmar”
Revisar si los datos son correctos y confirmar
El sistema emite el formulario que indica la finalización de esta parte del trámite
Segunda parte
Quien recibe la delegación debe:
Ingresar con su cuit y clave fiscal al servicio “Aceptación de designación”
Seleccionar y aceptar la delegación realizada por el contribuyente
El sistema emite el comprobante que indica la finalización del trámite
Para ver el procedimiento detallado pantalla por pantalla se puede consultar la guía paso a paso o el tutorial en video.
¿Se puede cancelar una relación?
Sí, y el procedimiento es igual de sencillo. Para esto, el contribuyente debe:
Ingresar al servicio “Administrador de relaciones”
Presionar “Consultar”
Seleccionar “Representantes del usuario”
Presionar la lupa
Presionar la cruz en la relación que quiere cancelar
¿Quién puede actuar como representante?
El representante es la persona humana o jurídica a quien el contribuyente delega la operación en su nombre de un determinado servicio. Este representante puede ser un usuario interno o externo:
Usuario interno: es una persona humana dependiente del contribuyente
Usuario externo: es una persona humana o jurídica, no dependiente del contribuyente
Cuando el usuario externo sea una persona jurídica, ésta deberá asignar -a través de su propio Administrador de Relaciones- a personas humanas la tarea de utilizar el servicio con clave fiscal en nombre y por cuenta del contribuyente.
1. Administrador de relaciones clave del primer usuario
2. se van a delgar dos servicios (2)
Ctrl+F es el atajo de teclado para ‘buscar’.
Presentacion de DDJJ y pagos
CCMA
después entrando al segundo usuario
3. Aceptación de designación
4. Generar VEP desde segundo usuario (quien va a tener cuenta bancario)