Falta de constitución de Domicilio Fiscal electrónico por provincia

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Jujuy

Ref. Falta de constitución de Domicilio Fiscal electrónico RG 1575/2020

Sr./Sres. contribuyente/s 

C.U.I.T 

Nos dirigimos a Ud./s. a efectos de informarle/s que según nuestros registros al 31/08/2022, no se ha dado cumplimiento con la obligación correspondiente a la adhesión al domicilio fiscal electrónico según lo establece la RG 1575.

Se recuerda que la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico es obligatoria, según lo dispone el art. 28º del Código Fiscal, por lo que la inobservancia a esta disposición se considera una infracción a un deber formal, siendo ésta pasible de la sanción prevista en el art. 48º del mismo plexo legal. 

La adhesión se realiza ingresando con clave fiscal de la Dirección de Rentas de la Provincia de Jujuy, confirmando su adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico. En el caso de no contar con la clave fiscal respectiva, deberá solicitarla dando cumplimiento a la RG 1581/2020 y modif de esta Dirección. 

Por cualquier consulta  relativa a la presente podrá hacerlo a través de los siguientes mails:

fparraga_dpr@jujuy.gob.arlaramayo_dpr@jujuy.gob.arcparraga@rentasjujuy.gob.ar

Saludamos Ud./s muy atentamente.

Salta

De: Vanesa Oszczyk <voszczyk@dgrsalta.gob.ar>
Date: jue, 4 ene 2024 a las 9:22
Subject: INTIMACION CONSTITUCION DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO DGR SALTA

CABA, 04 de enero de 2024

INTIMACION

CONSTITUCION DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO

Habiendo constatado la falta de cumplimiento a lo establecido en el artículo 20° bis del Código Fiscal y la Resolución General DGR N° 11/2019 -cfr. Padrón Registral de Contribuyentes del Sistema de Recaudación Tributaria-, respecto a la obligatoriedad de la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE); se lo INTIMA a hacer efectiva dicha obligación formal, bajo apercibimiento de aplicación de la sanción dispuesta en el artículo 11° de la citada Resolución, la consecuente calificación de su conducta fiscal determinada en la Resolución General DGR N° 13/2016, como así también la instrucción de sumario y aplicación del régimen sancionatorio respectivo del Código Fiscal.

En caso de no poseer clave fiscal puede solicitarla enviando la documentación a este correo electrónico (Estatuto, Acta designación autoridades/Poder, DNI y Formulario). Ingrese al siguiente link para obtener el formulario de solicitud: https://www.dgrsalta.gov.ar/Inicio/Descargas/Formularios

La nota de solicitud de clave debe enviarla firmada en tinta azul y formato jpg.

       O Ingrese con Clave AFIP https://www.youtube.com/watch?v=fqVbyuUJ6P0

Para consultas podrá comunicarse con el Subprograma Capital Federal DGR al correo voszczyk@dgrsalta.gob.ar o al (011) 4326-3840 o 4326-1510 Agente Soledad Oszczyk.

Queda Ud. debidamente notificado.

Cra. Mercedes Uldry Fuentes

Directora General de Rentas

Provincia de Salta

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