RT 54 RT 59 NUA Parrafos

Los párrafos de la RT 54 (NUA) son los artículos numerados que conforman la normativa contable argentina unificada. Organizan criterios de medición, reconocimiento y exposición de estados financieros, facilitando la búsqueda técnica y la aplicación estandarizada de reglas contables para entidades pequeñas, medianas y el resto.

  1. Objetivo de la Resolución.
  2. Se aprueba la RT 59 como aclaratoria previa a la implementación de la RT 54.
  3. Se reemplaza el índice y la segunda parte de la RT 54 por los de la RT 59.
  4. Se ratifican los artículos 4° y 5° de la primera parte de la RT 56.
  5. Se reemplaza el texto del punto 7 de la RT 26 sobre transición a la RT 54.
  6. Entidades pequeñas.
  7. Entidades medianas.
  8. Como se van a actualizar los importes.
  9. (Página 5-6 sin texto claro)
  10. Los estados contables comunican la situación patrimonial, evolución patrimonial y financiera.
  11. La situación patrimonial y evoluciones interesan a diversas partes con necesidades no coincidentes.
  12. Los usuarios tipo son inversores, acreedores, proveedores de recursos y entes de control.
  13. El capítulo describe premisas, elementos, contenido, operaciones y bases de los estados contables.
  14. Los estados contables se elaboran bajo la premisa de empresa en marcha.
  15. La dirección evalúa la premisa de empresa en marcha considerando al menos los próximos doce meses.
  16. Si hay incertidumbres importantes, se revelan en notas junto con sus causas.
  17. Si la entidad decide liquidarse o cesar, cambia la base de preparación y lo revela.
  18. Se utiliza la base de acumulación o devengado, salvo que se requiera otro tratamiento.
  19. Los efectos patrimoniales se reconocen cuando ocurren, independientemente de los flujos de efectivo.
  20. Los estados contables informan sobre situación patrimonial, evolución patrimonial y financiera.
  21. La situación patrimonial incluye activo, pasivo y patrimonio neto.
  22. Activo es un recurso económico controlado por la entidad como consecuencia de hechos pasados.
  23. Pasivo es una obligación de entregar activos o prestar servicios a terceros por hechos pasados.
  24. Patrimonio neto es la suma de aportes de propietarios y resultados acumulados.
  25. La evolución patrimonial incluye transacciones con propietarios y resumen del resultado del período.
  26. Ingreso es el aumento del patrimonio neto no derivado de transacciones con propietarios.
  27. Gasto es la disminución del patrimonio neto relacionada con las actividades principales.
  28. Ganancia es el aumento del patrimonio neto por operaciones secundarias no reconocidas como ingresos.
  29. Pérdida es la disminución del patrimonio neto por operaciones secundarias no reconocida como gasto.
  30. Resultados diferidos son resultados no reconocidos en el resultado del período.
  31. La evolución financiera se informa mediante flujos de efectivo clasificados en actividades operativas, de inversión y financiación.
  32. Un conjunto completo de estados contables incluye estado de situación patrimonial, de resultados, de evolución del patrimonio neto, de flujos de efectivo y notas.
  33. Una entidad presentará estados contables consolidados además de sus estados contables separados.
  34. Las operaciones fundamentales son reconocimiento, baja en cuentas, medición, presentación y revelación.
  35. Se usan las descripciones de los párrafos siguientes salvo que normas específicas establezcan lo contrario.
  36. Se reconoce un activo cuando cumple la definición, su medición es confiable y es probable su contribución a beneficios futuros.
  37. Se reconoce un pasivo cuando cumple la definición, su medición es confiable y es probable la salida de recursos.
  38. Se reconocen transacciones con propietarios y resultados cuando ocurren los hechos generadores.
  39. Los costos se imputan a resultados en el mismo período que el ingreso, o en el período si no pueden asociarse.
  40. Los ingresos de actividades ordinarias se reconocen según lo establecido en los párrafos 522 a 526.
  41. Los resultados por cambios en mediciones de activos o pasivos se reconocen según criterios establecidos.
  42. Los ingresos, gastos, ganancias y pérdidas se miden con los criterios de las contrapartidas.
  43. El impuesto a las ganancias se reconoce y mide según párrafos 571 a 600.
  44. En estados intermedios se aplican los mismos criterios que en los de cierre de ejercicio.
  45. Si no se puede reconocer un elemento por falta de confiabilidad, se informa en notas.
  46. La baja en cuentas es la eliminación total o parcial de un activo o pasivo reconocido.
  47. La baja ocurre cuando se transfiere o pierde el control del activo, o se extingue la obligación del pasivo.
  48. Al dar de baja, se reconocen nuevos activos o pasivos y la diferencia se imputa a resultados.
  49. Los elementos se cuantifican según lo que establezcan las normas específicas.
  50. Se realiza medición inicial en el reconocimiento y medición posterior a la fecha de cierre.
  51. La comunicación efectiva hace la información más relevante y contribuye a una presentación razonable.
  52. La comunicación efectiva requiere centrarse en objetivos, clasificar la información y evitar detalles excesivos.
  53. Los estados contables se expresan en la moneda prevista o en un múltiplo de ella.
  54. Se indica la moneda y se pueden redondear cifras no significativas.
  55. Los estados se presentan en forma sintética y la información relevante no incluida se revela en notas.
  56. Se puede adicionar, suprimir o cambiar denominaciones, apertura o agrupamiento de cuentas.
  57. Cada rubro incluye una referencia a la nota vinculada.
  58. Se presentan al menos dos columnas de información comparativa.
  59. La primera columna es del período actual y la segunda la información comparativa del período precedente.
  60. En períodos intermedios de actividades estacionales, se presenta una tercera columna con datos del mismo período del ejercicio anterior.
  61. Se presenta información comparativa con los mismos criterios, salvo que se dispense.
  62. Los datos comparativos pueden diferir de los originales si se aplican cambios en políticas o correcciones.
  63. Si se modifica información de períodos anteriores por cambio de norma o error, se efectúa la modificación salvo que sea impracticable.
  64. Es impracticable modificar información anterior si los efectos no son determinables o no se pueden reconstruir.
  65. Se describen en notas las circunstancias que limitan la comparabilidad.
  66. Se modifica información de ejercicios anteriores cuando cambia la presentación o se ajustan componentes del patrimonio neto.
  67. Al modificar información anterior, se revela la naturaleza del cambio y los importes ajustados.
  68. Si es impracticable determinar efectos sobre períodos anteriores, se modifican los saldos iniciales del período más antiguo practicable.
  69. Es impracticable la aplicación retroactiva si no se puede determinar el efecto acumulado sobre los saldos del ejercicio anterior.
  70. La adecuación de información comparativa no afecta a los estados contables originalmente emitidos.
  71. Se aplican las políticas contables específicamente requeridas para cada transacción o evento.
  72. Las políticas contables se aplican de manera uniforme para transacciones similares.
  73. Una entidad pequeña o mediana puede aplicar políticas contables de entidades de mayor tamaño.
  74. Si se aplican opciones del párrafo 73, se revela tal circunstancia en notas.
  75. En ausencia de un requerimiento específico, la dirección selecciona una política contable basada en juicio profesional.
  76. Para resolver cuestiones no previstas, se recurre a otras secciones de la RT o a la RT 16.
  77. Si no se resuelve con fuentes anteriores, se pueden considerar NIIF o NIIF para PYMES.
  78. No se pueden usar pronunciamientos transitorios que contradigan el marco conceptual de la RT 16.
  79. Si el emisor modifica la norma supletoria, no es necesario reformular juicios originales.
  80. Al usar fuentes supletorias, se revela la fuente utilizada y los fundamentos.
  81. Se puede no aplicar una norma si la desviación no distorsiona significativamente la información.
  82. Para evaluar significación en períodos intermedios, se estima la incidencia en el período afectado.
  83. Se puede liberar de aplicar un tratamiento si el costo o esfuerzo es desproporcionado respecto del beneficio.
  84. Se cambia una política contable solo si es requerido o permite un mejor cumplimiento de los requisitos de información.
  85. El cambio de política contable se aplica retroactivamente, salvo que se prescriba otro tratamiento.
  86. Se puede aplicar anticipadamente una nueva resolución técnica a menos que disponga lo contrario.
  87. Se revelan en notas los cambios introducidos en políticas contables y los motivos.
  88. No constituyen cambios de política contable la aplicación a transacciones sustancialmente diferentes, nuevas o por cambio de categoría.
  89. La primera aplicación del modelo de revaluación se contabiliza de forma prospectiva.
  90. Muchas partidas no pueden medirse con precisión, solo estimarse, usando juicios basados en información confiable.
  91. Los efectos de un cambio en estimación contable se reconocen de forma prospectiva.
  92. Los errores u omisiones de períodos anteriores se corrigen de forma retroactiva.
  93. Las diferencias de medición por reclasificación de activos o pasivos se imputan a resultados.
  94. Las diferencias por reclasificación se miden a la fecha de la reclasificación.
  95. Cuando un activo deja de medirse a valores corrientes y pasa a costo, ese valor corriente se considera costo atribuido.
  96. Se consideran hechos posteriores confirmatorios (ajustan) y nuevos (se revelan en notas).
  97. Los estados contables se emiten sin ajuste por inflación en contexto de estabilidad, y en moneda de cierre en contexto de inflación.
  98. Se define contexto de inflación por tasa acumulada del 100% en tres años, corrección generalizada de precios, entre otros.
  99. Para evaluar contexto de inflación se consideran indicadores objetivos y no la situación particular de la entidad.
  100. Se cumple la exigencia legal de emitir en moneda constante si se satisfacen los requerimientos del párrafo 97.
  101. Capítulo II. El capítulo describe criterios de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros, hechos contingentes, valor recuperable y ajuste por inflación.
  102. Los costos se miden como suma de efectivo pagado y valor corriente de otras contraprestaciones.
  103. El costo de adquisición incluye precio de compra neto, costos directos y asignación de costos indirectos.
  104. Se aplica el modelo de costeo completo para medir costo de producción, construcción o implantación.
  105. El costo de producción incluye materiales, conversión, costos directos de puesta en marcha y costos financieros activables.
  106. La activación de costos cesa cuando el activo alcanza las condiciones de operación previstas.
  107. No se incluyen en el costo las improductividades ni la ociosidad por falta de aprovechamiento.
  108. Las improductividades o ineficiencias se reconocen como resultados del período.
  109. El nivel de actividad normal equivale a la producción promedio esperada en varios períodos.
  110. Para el cálculo del promedio se considera la naturaleza del negocio y ciclos de actividad.
  111. El costo de desarrollo de un intangible incluye materiales, conversión, gastos de registro, amortizaciones y costos financieros activables.
  112. Para medir costo de desarrollo se aplica lo pertinente de los párrafos 104 a 110.
  113. El costo de reposición se mide acumulando todos los componentes del costo de adquisición a la fecha de medición.
  114. El costo de reproducción se mide acumulando componentes del costo de producción a la fecha de medición.
  115. La medición se basa en precios de volúmenes normales o similares y condiciones consistentes con la política contable.
  116. Si no se pueden obtener precios de fuentes directas, se usan índices, presupuestos o tasaciones.
  117. El valor razonable se estima con precios observables en el mercado principal o mediante técnicas de valuación.
  118. Se selecciona un mercado principal o más ventajoso al que se pueda acceder regularmente y que sea activo.
  119. Si no hay precios observables, se estima el valor razonable con técnicas de valuación usando datos observables.
  120. Las técnicas de valuación pueden ser enfoque de mercado, de ingresos o del costo.
  121. Para activos no financieros, el valor razonable considera el máximo y mejor uso.
  122. No se consideran en el valor razonable los contratos de venta a futuro.
  123. El valor neto de realización es el valor razonable menos los costos directos de venta.
  124. Para medir en moneda argentina, se aplican normas de reconocimiento y medición y se convierte la moneda extranjera.
  125. Las diferencias de cambio se contabilizan como ingresos o costos financieros.
  126. Se emplea el tipo de cambio de la fecha de cierre para valores corrientes, efectivo, derechos y obligaciones en moneda extranjera.
  127. Si hay restricciones al mercado oficial de cambios, se revelan tales circunstancias en notas.
  128. Si se pierde la negociación de dos monedas, se usa el tipo de cambio de la primera fecha posterior en que sea posible.
  129. Los componentes financieros explícitos se tratan como costos o ingresos financieros.
  130. Una entidad pequeña puede optar por no segregar componentes financieros implícitos.
  131. Una entidad que no es pequeña segrega componentes financieros implícitos si el plazo supera los doce meses.
  132. La segregación se hace descontando flujos o usando el precio de contado.
  133. Los componentes segregados se tratan como costos o ingresos financieros.
  134. Se aplica la misma política de segregación para todos los activos y pasivos.
  135. Si no se segregan, la medición equivale a precio de contado.
  136. Los costos financieros se contabilizan como gasto o se activan como parte del costo de un activo apto.
  137. No se activan costos financieros si el proceso se prolonga excesivamente, está interrumpido o ya concluyó.
  138. Si se activan, se aplica consistentemente para todos los activos aptos de una categoría.
  139. Para deudas específicas, el importe a activar es el costo financiero menos ingresos por colocaciones transitorias.
  140. Para deudas no específicas, se calcula una tasa promedio y se aplica al promedio mensual de activos aptos.
  141. El importe activado no puede exceder el total de costos financieros incurridos.
  142. En contexto de inflación, los costos financieros se activan netos del resultado por exposición al cambio.
  143. Hechos contingentes son aquellos cuya concreción depende de hechos futuros no controlables.
  144. Los desfavorables se reconocen si son probables y cuantificables; los favorables solo por impuestos diferidos o derechos de reembolso.
  145. Valor límite. Ningún activo debe medirse por un importe superior a su valor recuperable.
  146. La comparación con valor recuperable aplica a bienes de uso, propiedades de inversión, intangibles, llave de negocio, participaciones VPP y activos biológicos de producción.
  147. También se aplica a créditos, bienes de cambio, activos no corrientes mantenidos para la venta y activos por impuestos diferidos.
  148. La entidad pequeña o mediana comprueba deterioro si hay indicios, excepto si los últimos tres ejercicios dieron resultado positivo.
  149. La entidad que no es pequeña o mediana comprueba anualmente el deterioro de intangibles de vida útil indefinida y llave de negocio.
  150. Se reconoce pérdida por desvalorización si la medición contable supera el valor recuperable, y reversión si cambian las estimaciones.
  151. Los indicios de deterioro pueden ser externos (caída de mercado, cambios tecnológicos, aumento de tasas) o internos (obsolescencia, daño, peores prestaciones).
  152. No es necesario reestimar el valor recuperable si fue significativamente mayor y no hubo hechos que pudieran revertirlo.
  153. (Eliminado)
  154. El valor recuperable es el mayor entre el valor neto de realización y el valor de uso.
  155. No se calcula el valor neto de realización si el valor de uso es mayor que la medición contable, y viceversa.
  156. El valor de uso se calcula estimando flujos de efectivo netos y aplicando una tasa de descuento adecuada.
  157. Los flujos de efectivo se proyectan en moneda de cierre, cubren la vida útil, basados en presupuestos de hasta cinco años.
  158. La entidad pequeña o mediana puede reemplazar presupuestos por resultados de los últimos tres ejercicios.
  159. La tasa de descuento refleja el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos del activo.
  160. La entidad pequeña o mediana compara a nivel global; las demás a nivel de activo o grupo de activos.
  161. Para activos que no generan flujos propios, se compara a nivel de actividad generadora de efectivo o unidad más pequeña.
  162. La llave de negocio se asigna a una actividad generadora de efectivo o a una unidad más pequeña.
  163. Para definir una actividad generadora de efectivo, se identifican primero las que no incluyen activos generales ni llave.
  164. Se puede subdividir una actividad generadora de efectivo en unidades más pequeñas que generen flujos independientes.
  165. Los criterios para definir actividades generadoras de efectivo se aplican consistentemente y se exponen en notas.
  166. Las pérdidas por desvalorización se imputan a resultados o al saldo de revaluación.
  167. Si la comparación es a nivel de actividad generadora de efectivo, la pérdida se imputa primero a la llave de negocio.
  168. Las pérdidas por desvalorización se revierten si cambian las estimaciones, hasta el menor entre la medición sin pérdida y el nuevo valor recuperable.
  169. La reversión se imputa a resultados o al saldo de revaluación.
  170. La reversión se imputa a los activos distintos de la llave en proporción a sus mediciones contables.
  171. No se revierten pérdidas por desvalorización de la llave de negocio.
  172. Si una pérdida por desvalorización desaparece, se evalúa modificar la vida útil o el método de amortización.
  173. Las pérdidas por desvalorización o su reversión se presentan en el estado de resultados bajo un título específico.
  174. Se revelan la naturaleza de los activos, el grupo considerado, el valor recuperable utilizado y los hechos que motivaron la pérdida o reversión.
  175. Una entidad pequeña o mediana puede no revelar la información de los incisos a) y b) del párrafo 174.
  176. En contexto de inflación, los estados contables se emiten en moneda de poder adquisitivo de la fecha de cierre.
  177. El objetivo es presentar todas las cifras en moneda de cierre.
  178. Para identificar cuándo corresponde ajustar, se considera lo indicado en párrafos 97 a 100.
  179. Se utiliza el índice de precios FACPCE.
  180. Se determina la fecha de origen de cada saldo y se agrupan las partidas por mes de origen.
  181. Para expresar en moneda de cierre, se aplica el coeficiente resultante de dividir índices.
  182. Si se agrupan en períodos mayores a un mes, se usa el promedio de índices.
  183. El índice del último mes del período se considera representativo de la fecha de cierre.
  184. Al ajustar por inflación, se diferencia la expresión de cifras del período actual y las comparativas.
  185. Para determinar el resultado del período en moneda de cierre, se sigue un proceso secuencial.
  186. Se identifican activos y pasivos expresados en moneda de cierre o en fecha anterior.
  187. No se modifican las partidas ya expresadas en moneda de cierre.
  188. Las partidas medidas en fecha anterior se expresan en moneda de cierre multiplicando por el coeficiente de ajuste.
  189. El patrimonio neto al cierre en moneda de cierre es la diferencia entre activos y pasivos ajustados.
  190. Las partidas del patrimonio neto excluido el resultado se expresan en moneda de cierre ajustando saldo inicial y variaciones.
  191. Los resultados del período se ajustan según su origen (transacciones, consumo de activos, comparaciones, etc.).
  192. Los resultados financieros y por tenencia se presentan en una sola línea o segregados.
  193. Las variaciones patrimoniales cualitativas se expresan en moneda de cierre con coeficiente basado en el cierre del ejercicio anterior.
  194. Los saldos por impuestos diferidos se reconocen comparando medición contable en moneda de cierre con base fiscal.
  195. Al ajustar por inflación, se puede no revelar la conciliación entre gasto por impuesto e impuesto teórico.
  196. Los flujos de efectivo se expresan en moneda de cierre multiplicando cobros y pagos por el coeficiente de ajuste.
  197. Las cifras comparativas se expresan en moneda de cierre actual aplicando el coeficiente correspondiente.
  198. Al aplicar por primera vez el ajuste por inflación, se miden activo y pasivo al inicio en moneda de esa fecha.
  199. Si se interrumpe el ajuste por inflación, las cifras ajustadas al momento de interrupción son la base para estados subsiguientes.
  200. Si se reanuda el ajuste, se ajustan las cifras al inicio del ejercicio comparativo más antiguo.
  201. Capítulo III. Describe requerimientos de clasificación, reconocimiento, medición, presentación y revelación para ciertos activos.
  202. Los temas del capítulo son de baja complejidad y se esperan en cualquier tipo de entidad.
  203. Los bienes y servicios se miden inicialmente según lo establecido, salvo que se requiera otro tratamiento.
  204. En el reconocimiento, los bienes o servicios se miden según su origen (adquiridos, producidos, aportes, trueques, etc.).
  205. Caja y bancos incluye dinero en efectivo y cuentas bancarias y otros valores con similar liquidez.
  206. Se reconoce caja y bancos cuando cumple la definición general del párrafo 22 y la específica del 205.
  207. Caja y bancos se mide inicialmente por su importe nominal.
  208. Caja y bancos se mide posteriormente por su importe nominal.
  209. El saldo de caja y bancos se presenta como corriente en el estado de situación patrimonial.
  210. Se revela la composición del rubro, importes en moneda extranjera y restricciones de uso.
  211. Se aplican también las normas de medición en moneda extranjera y ajuste por inflación.
  212. Inversiones financieras son colocaciones de efectivo para obtener renta o ganancias de capital. El concepto de «Inversiones transitorias» ya no se utiliza en la normativa argentina.
  213. Se reconoce una inversión financiera cuando cumple la definición de activo y se obtienen los derechos a flujos de efectivo.
  214. La medición inicial de inversiones financieras puede ser a valor razonable, cotización sucedánea o costo amortizado según el caso. (Los gastos de compra (comisiones, honorarios, etc.) no se capitalizan. Se imputan directamente a resultados. Esto difiere de la RT 17 anterior, donde estos costos se sumaban al costo de adquisición de la inversión).
  215. Los costos de transacción se reconocen en resultados o como parte del costo de inversión.
  216. Para inversiones entre partes relacionadas, se puede medir según condiciones pactadas o como entre independientes.
  217. Si se mide como entre independientes, la contrapartida se contabiliza de forma similar a los párrafos 509 y 510.
  218. La medición posterior puede ser a valor razonable, cotización sucedánea, costo amortizado o costo de adquisición.
  219. Se reconocen en resultados los cambios de valor razonable, cotización, ingresos financieros y dividendos.
  220. Se evalúa deterioro de inversiones medidas a costo amortizado o costo de adquisición.
  221. Los indicios de deterioro incluyen dificultades financieras del emisor, incumplimientos, quiebra probable o cambios adversos.
  222. Las pérdidas por desvalorización a costo amortizado se miden como diferencia entre medición contable y flujos descontados o valor neto de realización.
  223. Las pérdidas a costo de adquisición se miden como diferencia entre medición contable y la mejor estimación de recupero.
  224. Las pérdidas por desvalorización se revierten si aumenta el valor recuperable, hasta el menor entre la medición sin pérdida y el nuevo valor.
  225. Se da de baja una inversión financiera cuando expiran los derechos, se transfieren todos los riesgos o se refinancia sustancialmente.
  226. Si se transfiere pero se conserva el riesgo, no se da de baja; si se transfieren todos los riesgos, se da de baja.
  227. Si la refinanciación es sustancialmente diferente, se da de baja el activo preexistente y se reconoce uno nuevo.
  228. La refinanciación es sustancialmente diferente si el valor descontado de los nuevos flujos difiere en al menos 10%.
  229. Si no hay baja, se recalcula el valor contable descontando los nuevos flujos a la tasa original.
  230. Una entidad pequeña o mediana puede mantener el valor contable y modificar la tasa de interés prospectivamente.
  231. Las inversiones financieras se presentan separadas y distinguiendo entre corrientes y no corrientes.
  232. Se describen las políticas contables, criterios de medición y supuestos utilizados.
  233. Se revela composición, valor razonable, vencimientos, tasas de interés y pérdidas por desvalorización.
  234. La entidad pequeña o mediana puede no revelar valor razonable, vencimientos ni tasas.
  235. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera y ajuste por inflación.
  236. Créditos en moneda son derechos a recibir efectivo o compensar con obligaciones futuras.
  237. Se reconoce una cuenta a cobrar a clientes cuando se emite la factura o documento similar.
  238. Se reconoce un derecho de facturar a clientes cuando se reconocieron ingresos pero no se emitió factura.
  239. Se reconocen otros créditos en moneda cuando cumplen la definición de activo.
  240. Se reconoce un derecho de reembolso cuando existe un pasivo previamente reconocido relacionado.
  241. Los créditos por ventas se miden inicialmente al valor contado, valor nominal o valor descontado según se segreguen componentes financieros.
  242. Los créditos financieros se miden por el valor entregado o al valor descontado.
  243. Otros créditos se miden al valor contado, valor nominal o valor descontado.
  244. Los créditos entre partes relacionadas se pueden medir según condiciones pactadas o al valor descontado.
  245. Si se mide al valor descontado, la contrapartida se contabiliza como en párrafos 509 y 510.
  246. Los derechos de reembolso se miden inicialmente por el menor entre el pasivo relacionado y la suma a recuperar.
  247. Los créditos se miden posteriormente al valor nominal, costo amortizado o valor razonable.
  248. Para el costo amortizado se usa la misma tasa de interés inicial o la tasa variable del contrato.
  249. Los derechos de facturar a clientes se miden por la sumatoria de ingresos no facturados.
  250. Los derechos de reembolso se miden por el menor entre el importe original y la suma a recuperar.
  251. Se evalúa deterioro de créditos medidos a valor nominal o costo amortizado y de derechos de facturar.
  252. Los indicios de deterioro incluyen dificultades del deudor, incumplimientos, quiebra probable o cambios adversos.
  253. La pérdida por desvalorización es la diferencia entre la medición contable y los flujos esperados descontados.
  254. Las pérdidas se revierten si aumenta el valor recuperable, hasta el menor entre la medición sin pérdida y el nuevo valor.
  255. Las pérdidas por desvalorización y sus reversiones se imputan a resultados.
  256. Se da de baja un crédito cuando se cobra, expiran los derechos, se transfieren los riesgos o se refinancia sustancialmente.
  257. Si se transfiere conservando el riesgo, no se da de baja; si se transfieren todos los riesgos, se da de baja.
  258. Si la refinanciación es sustancialmente diferente, se da de baja el crédito original y se reconoce uno nuevo.
  259. La refinanciación es sustancialmente diferente si el valor descontado de los nuevos flujos difiere en al menos 10%.
  260. Si no hay baja, se recalcula el valor contable descontando los nuevos flujos a la tasa original.
  261. Una entidad pequeña o mediana puede mantener el valor contable y modificar la tasa prospectivamente.
  262. En el estado de situación patrimonial se presentan separados cuentas por cobrar, derechos de facturar, créditos impositivos, con partes relacionadas y otros créditos.
  263. En resultados se presentan por separado las pérdidas por desvalorización y sus reversiones.
  264. Los demás resultados se presentan según párrafos 628 a 641.
  265. Se describen políticas contables, criterios de medición y supuestos utilizados.
  266. Se revela composición, moneda extranjera, plazos de vencimiento, tasas, garantías y pérdidas acumuladas.
  267. La entidad pequeña o mediana puede no revelar vencimientos ni tasas.
  268. Los otros créditos se clasifican según su naturaleza.
  269. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros y ajuste por inflación.
  270. Créditos en especie son derechos a recibir bienes o servicios distintos del efectivo.
  271. Se reconoce un crédito en especie cuando cumple la definición de activo.
  272. Para su reconocimiento se aplica lo dispuesto para créditos en moneda.
  273. La medición inicial es por las sumas entregadas o según lo establecido para trueques.
  274. La medición posterior es por el importe del reconocimiento inicial.
  275. Se evalúa deterioro de créditos en especie.
  276. Los indicios de deterioro incluyen dificultades del deudor, incumplimientos, quiebra probable o cambios adversos.
  277. La pérdida por desvalorización es la diferencia entre la medición contable y el valor razonable de los bienes a recibir.
  278. Las pérdidas se revierten si aumenta el valor recuperable, hasta el menor entre la medición sin pérdida y el nuevo valor.
  279. Se da de baja un crédito en especie cuando expiran los derechos o se reciben los bienes o servicios.
  280. En el estado de situación patrimonial se presentan dentro de bienes de cambio, uso, intangibles o como rubro separado.
  281. En resultados se presentan por separado las pérdidas por desvalorización y sus reversiones.
  282. Los demás resultados se presentan según párrafos 628 a 641.
  283. Se describen políticas contables, criterios de medición y supuestos.
  284. Se revela naturaleza, garantías, saldos con partes relacionadas y pérdidas acumuladas.
  285. Los créditos se clasifican según su naturaleza.
  286. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera y ajuste por inflación.
  287. Bienes de cambio son activos destinados a la venta en el curso habitual, en proceso de producción o consumidos en la producción.
  288. Se reconoce un bien de cambio cuando cumple la definición, su medición es confiable y es probable que aporte beneficios futuros.
  289. El costo de los bienes vendidos (CMV) o servicios prestados se reconoce como gasto en el ejercicio de la venta o prestación.
  290. Los bienes de cambio se miden inicialmente según su origen (adquiridos, producidos, aportes, trueques, productos agropecuarios).
  291. Los bienes de cambio adquiridos se pueden medir por costo de adquisición, costo de reposición o costo de la última compra.
  292. Se usa el mismo criterio para todos los bienes de cambio, salvo razones fundadas que se informan en notas.
  293. Los bienes de cambio producidos se miden por costo de producción o costo de reproducción.
  294. Se usa el mismo criterio para todos los bienes producidos, salvo razones fundadas que se informan en notas.
  295. Los bienes de cambio fungibles con mercado activo se pueden medir por valor neto de realización.
  296. Se compara la medición contable con el valor neto de realización según su forma de comercialización.
  297. La comparación se hace partida por partida o agrupando líneas de productos similares.
  298. No se reconocen pérdidas si el valor recuperable del conjunto es superior, ni en materias primas si se recuperan mediante productos terminados.
  299. Las pérdidas por desvalorización y sus reversiones se imputan a resultados.
  300. Las pérdidas se revierten si cambian las estimaciones, hasta el menor entre la medición sin pérdida y el nuevo valor recuperable.
  301. El costo de bienes vendidos (CMV) se puede determinar por PEPS, identificación específica, costo promedio ponderado o diferencias de inventario. El método UEPS no está permitido.
  302. Si la medición es a costo corriente, se puede determinar por costo corriente en el momento de la venta o diferencias de inventario.
  303. Si se usa costo de la última compra, se aplican los criterios de los párrafos 301 y 302.
  304. Son criterios preferibles aquellos consistentes con la medición posterior de los bienes de cambio.
  305. Si los bienes se miden a valor neto de realización, el costo de venta se determina por ese mismo criterio.
  306. Si se mide a costo de reposición, no se determinan resultados de tenencia si se usa diferencias de inventario.
  307. Si se mide a valor neto de realización, se determina el resultado de los cambios en ese valor.
  308. En el estado de situación patrimonial se presentan separados los bienes de cambio y se incluyen anticipos a proveedores.
  309. En resultados se presenta costo de ventas, resultados por cambios en valor neto de realización, resultados de tenencia, pérdidas por desvalorización e improductividades.
  310. Se revelan políticas contables, métodos, supuestos, componentes del rubro y pérdidas por desvalorización.
  311. Se revela el método para calcular costo de ventas, si incluye mermas y resultados de tenencia, y la composición del costo.
  312. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros, baja en cuentas y ajuste por inflación.
  313. Bienes de uso son activos tangibles utilizados en la actividad ordinaria por más de un período.
  314. Se reconoce un bien de uso cuando cumple la definición, su medición es confiable y es probable que aporte beneficios futuros.
  315. Los bienes de uso se miden inicialmente según su origen (adquiridos, producidos, aportes, trueques).
  316. A la medición inicial se le suman los costos de desmantelamiento, restauración o similares.
  317. Se suman al costo los desembolsos subsiguientes que mejoren la capacidad del activo o sean mantenimientos mayores.
  318. Las demás erogaciones se imputan a gasto o al costo si reemplazan un componente significativo.
  319. Para la medición posterior se puede optar por el modelo de costo o el modelo de revaluación.
  320. Se aplica el mismo modelo a cada clase de bienes de uso.
  321. En el modelo de costo, los bienes se miden al costo original menos depreciación acumulada y pérdidas por desvalorización.
  322. En el modelo de revaluación, los bienes se miden por su valor razonable menos depreciación y pérdidas acumuladas.
  323. El aumento por revaluación se imputa al saldo por revaluación, o a resultados si revierte una pérdida previa.
  324. La disminución por revaluación se imputa a resultados o al saldo por revaluación si existe.
  325. Para contabilizar la disminución se compara el importe revaluado con el importe en libros.
  326. La depreciación acumulada se puede recalcular proporcionalmente o eliminar contra la medición original.
  327. El saldo por revaluación se puede transferir a resultados no asignados a medida que se consume el activo o al momento de la baja.
  328. Al transferir, se considera si el saldo se incrementó o redujo por cambios en pasivos por desmantelamiento.
  329. Las transferencias desde saldo por revaluación a resultados no asignados no se exponen en resultados.
  330. Cambiar entre alternativas de transferir o no el saldo por revaluación es un cambio de política contable.
  331. El saldo por revaluación no se distribuye ni capitaliza mientras permanezca como tal.
  332. El saldo por revaluación representa al menos el valor residual de la revaluación neto del impuesto diferido.
  333. Se calcula la porción del saldo por revaluación contenida en el valor residual para disminuirlo.
  334. Los efectos de la revaluación sobre el impuesto a las ganancias se contabilizan según párrafos 578 a 599.
  335. El aumento del pasivo por impuestos diferidos se imputa al saldo por revaluación; su reducción a resultados.
  336. Las transferencias del saldo por revaluación se hacen netas del impuesto diferido.
  337. La contabilización de revaluaciones requiere aprobación del órgano de administración.
  338. El órgano de administración aprueba los estados con revaluaciones si existe documentación de respaldo y política escrita.
  339. La depreciación se reconoce como gasto o como parte del costo de otro activo.
  340. La depreciación comienza a partir de la puesta en marcha del bien.
  341. Para activos biológicos de producción, la puesta en marcha es cuando comienza la producción comercial.
  342. Para el cómputo de depreciaciones se considera la medición contable, naturaleza, fecha de puesta en marcha y capacidad de servicio.
  343. Tras una pérdida por desvalorización o reversión, se adecúa la depreciación futura.
  344. Si el activo se incorporó por arrendamiento financiero y no se asegura la propiedad, se deprecia en el menor plazo entre el contrato y la vida útil.
  345. Si aparecen nuevas estimaciones, se adecúan las depreciaciones posteriores.
  346. Para la comparación con valor recuperable se aplican párrafos 145 a 175.
  347. Las compensaciones de terceros por desvalorización, pérdida o abandono se incluyen en resultados cuando son exigibles.
  348. Los bienes de uso se presentan como activos no corrientes e incluyen anticipos a proveedores.
  349. Las depreciaciones se presentan dentro del costo de ventas o dentro de otros gastos.
  350. Las pérdidas por desvalorización y reversiones se presentan bajo un título específico.
  351. Los resultados por baja de bienes de uso se presentan bajo otros ingresos y gastos.
  352. Se revelan políticas contables, criterios de medición y métodos de depreciación.
  353. Se revelan saldos iniciales y finales, altas, bajas, revaluaciones, depreciaciones, pérdidas y recuperos.
  354. Se individualizan los bienes incorporados mediante arrendamientos financieros.
  355. Se revelan los bienes de disponibilidad restringida y sus causas.
  356. Las depreciaciones se clasifican según la función asignada a los bienes.
  357. Si se aplica el modelo de revaluación, se revelan fechas, métodos, supuestos y movimientos del saldo por revaluación.
  358. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros, baja en cuentas, ajuste por inflación y arrendamientos.
  359. Propiedades de inversión son inmuebles destinados a obtener renta o acrecentamiento de valor.
  360. Se reconoce una propiedad de inversión cuando cumple la definición, su medición es confiable y es probable que aporte beneficios.
  361. Se miden inicialmente según su origen (adquiridas, producidas, aportes, trueques).
  362. La medición posterior puede ser al costo menos depreciación (modelo de costo) o a valor razonable.
  363. Se aplica el mismo criterio para todos los componentes del rubro.
  364. Si se usa el modelo de costo, se aplican los lineamientos de bienes de uso.
  365. Si se usa valor razonable, se reflejan ingresos de arrendamientos y las diferencias se imputan a resultados.
  366. Excepcionalmente, si no hay mercado activo, se puede medir al costo.
  367. Si se usa modelo de costo, la depreciación se calcula según párrafos 339 a 345.
  368. Para la comparación con valor recuperable se aplican párrafos 145 a 175.
  369. Las compensaciones de terceros se incluyen en resultados cuando son exigibles.
  370. Se transfieren a o desde propiedades de inversión cuando cambia el uso.
  371. El cambio de uso se evidencia por inicio o fin de ocupación o inicio de arrendamiento operativo.
  372. No se reclasifica si se decide la venta o el reinicio del desarrollo.
  373. Al transferir a bienes de uso o cambio medidos al costo, el valor razonable se considera costo atribuido.
  374. Al transferir desde bienes de uso a propiedades de inversión a valor razonable, la diferencia se trata como revaluación.
  375. Al transferir desde bienes de cambio a propiedades de inversión a valor razonable, la diferencia se reconoce en resultados.
  376. Al terminar la construcción de una propiedad de inversión a valor razonable, la diferencia se reconoce en resultados.
  377. Las propiedades de inversión se presentan como activo no corriente.
  378. Las locaciones devengadas se presentan como ingresos de actividades ordinarias o como otros ingresos.
  379. Si se usa modelo de costo, la depreciación se presenta dentro del costo de servicios o como otros ingresos y egresos.
  380. Las pérdidas por desvalorización y reversiones se presentan bajo título específico.
  381. Las ganancias o pérdidas por cambios en valor razonable se presentan como partida separada.
  382. Se revelan políticas contables, criterios de medición y métodos de depreciación si aplica.
  383. Se revelan saldos iniciales y finales, altas, bajas, transferencias y, si aplica, depreciaciones, pérdidas y valor razonable.
  384. Se individualizan las propiedades incorporadas mediante arrendamientos financieros.
  385. Se revelan los bienes de disponibilidad restringida.
  386. Las depreciaciones se clasifican según la función asignada.
  387. Si se usa valor razonable, se revelan métodos, hipótesis y bases utilizadas.
  388. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros, ajuste por inflación, baja en cuentas y arrendamientos.
  389. Activos intangibles son activos identificables, no monetarios y sin sustancia física.
  390. Se reconoce un activo intangible cuando cumple la definición, su medición es confiable y es probable que aporte beneficios.
  391. Excepcionalmente, se pueden reconocer costos de organización y preoperativos.
  392. La medición inicial puede ser por costo de adquisición, costo de desarrollo, aportes o trueques.
  393. Para activos en fase de desarrollo, se debe probar intención, factibilidad y capacidad de generar beneficios.
  394. Las erogaciones que no cumplen condiciones se contabilizan como gasto y no se activan posteriormente.
  395. Los desembolsos subsiguientes se suman al costo si mejoran los beneficios futuros y se pueden medir fiablemente.
  396. Las demás erogaciones se imputan a gasto.
  397. La medición posterior es al costo original (vida útil indefinida) o al costo menos amortización (vida útil definida).
  398. La amortización se reconoce como gasto o como parte del costo de otro activo.
  399. Para el cómputo de amortizaciones se considera costo, naturaleza, fecha de inicio de uso y capacidad de servicio.
  400. Si la vida útil es indefinida, no se amortiza y se compara con valor recuperable cada cierre.
  401. Si un activo con vida útil indefinida pasa a ser definida, se trata como cambio de estimación.
  402. La amortización se asigna sobre una base sistemática o mediante el método de línea recta.
  403. Para costos de organización y preoperativos, la vida útil no supera los cinco años.
  404. Para la comparación con valor recuperable se aplican párrafos 145 a 175.
  405. Las compensaciones de terceros se incluyen en resultados cuando son exigibles.
  406. Los activos intangibles se presentan como activo no corriente e incluyen anticipos a proveedores.
  407. Las amortizaciones se presentan dentro del costo de ventas o dentro de otros gastos.
  408. Las pérdidas por desvalorización y reversiones se presentan bajo título específico.
  409. Los resultados por baja se presentan bajo otros ingresos y gastos.
  410. Se revelan políticas contables, criterios de medición y métodos de amortización.
  411. Se revelan saldos iniciales y finales, altas, bajas, amortizaciones, pérdidas y recuperos.
  412. Se individualizan los incorporados mediante arrendamientos financieros.
  413. Se revelan los activos de disponibilidad restringida.
  414. Las amortizaciones se clasifican según la función asignada.
  415. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros, baja en cuentas, ajuste por inflación y arrendamientos.
  416. Activos no corrientes mantenidos para la venta son aquellos cuya venta es altamente probable dentro del año.
  417. Se exime del plazo de un año si hay retrasos fuera del control de la entidad y sigue comprometida con la venta.
  418. Se clasifica un activo como mantenido para la venta cuando cumple los requisitos de los párrafos 416 y 417.
  419. En una adquisición, se clasifica como mantenido para la venta si cumple los requisitos o es altamente probable que los cumpla en tres meses.
  420. La medición inicial es por el menor entre la medición contable previa y el valor neto de realización.
  421. La medición posterior es por el menor entre la medición contable y el valor neto de realización.
  422. Se reconoce una ganancia por incremento del valor neto de realización hasta el límite de la pérdida previa.
  423. Si se adquiere para la venta, se mide inicialmente por el valor neto de realización.
  424. Si deja de cumplir los requisitos, se mide al menor entre la medición contable sin clasificar y el importe recuperable.
  425. El ajuste se incluye en resultados o en el saldo por revaluación.
  426. No se requiere comparación con valor recuperable por aplicación del párrafo 421.
  427. Se presentan dentro de otros activos, corrientes o no corrientes, sin compensar con pasivos.
  428. Las pérdidas por medición se presentan dentro de resultados de operaciones discontinuadas o bajo título específico.
  429. Los resultados por baja se presentan dentro de resultados de operaciones discontinuadas o bajo título específico.
  430. Se revelan políticas contables y criterios de medición.
  431. Se revela descripción de cada activo, hechos y circunstancias de la venta, y ganancia o pérdida.
  432. (Eliminado)
  433. Si se usa valor neto de realización, se revelan fechas, método, hipótesis y sumas reconocidas.
  434. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros, baja en cuentas, ajuste por inflación y arrendamientos.
  435. Otras inversiones son colocaciones en activos no afectados a ingresos ordinarios, como obras de arte u oro.
  436. Se reconoce otra inversión cuando cumple la definición, su medición es confiable y es probable que aporte beneficios.
  437. La medición inicial puede ser a valor razonable, cotización sucedánea o costo de adquisición.
  438. Si se usa valor razonable, los costos de compra se imputan a resultados.
  439. La medición posterior puede ser a valor razonable, cotización sucedánea o costo de adquisición.
  440. Se evalúa deterioro de inversiones medidas a costo de adquisición.
  441. Para inversiones a costo de adquisición, el valor recuperable es el valor neto de realización.
  442. Las pérdidas se revierten si cambian las estimaciones, hasta el menor entre la medición sin pérdida y el nuevo valor.
  443. Se presentan como activos corrientes o no corrientes según corresponda.
  444. Las pérdidas por desvalorización y reversiones se presentan bajo título específico.
  445. Los gastos de compra y cambios de valor se presentan en partida separada.
  446. Los resultados por baja se presentan bajo otros ingresos y gastos.
  447. Se revelan políticas contables, métodos, supuestos, componentes y pérdidas.
  448. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros, baja en cuentas y ajuste por inflación.
  449. El capítulo describe requerimientos de clasificación, reconocimiento, medición, presentación y revelación de pasivo y patrimonio neto.
  450. Los temas son de baja complejidad y se esperan en cualquier entidad.
  451. La clasificación entre pasivo y patrimonio se basa en la realidad económica y las definiciones.
  452. Si un instrumento contiene ambos elementos, se desagregan y tratan separadamente.
  453. Las acciones preferidas rescatables se consideran pasivo si obligan al rescate o el tenedor puede solicitarlo.
  454. Los intereses o dividendos de esas acciones son costos financieros.
  455. Las acciones preferidas rescatables a opción del emisor integran el patrimonio mientras no se ejerza la opción.
  456. Los aportes irrevocables para futuras suscripciones se clasifican como pasivo o patrimonio según párrafos 504 y 505.
  457. Pasivos ciertos en moneda son obligaciones de entregar efectivo sin incertidumbre sobre cuantía y vencimiento.
  458. Se reconoce un pasivo cierto en moneda cuando cumple la definición de pasivo.
  459. Pasivos por compras se miden al valor contado, valor nominal o valor descontado según se segreguen componentes.
  460. Pasivos financieros se miden por el valor recibido o al valor descontado.
  461. Otros pasivos se miden al valor contado, valor nominal o valor descontado.
  462. Pasivos entre partes relacionadas se pueden medir según condiciones pactadas o al valor descontado.
  463. Si se mide al valor descontado, la contrapartida se contabiliza como en párrafos 509 y 510.
  464. La medición posterior es al costo amortizado o al valor nominal.
  465. Para el costo amortizado se usa la misma tasa inicial o la tasa variable del contrato.
  466. Se da de baja un pasivo cuando se extingue por pago, cancelación, expiración o refinanciación sustancial.
  467. Si la refinanciación es sustancialmente diferente, se da de baja el pasivo original y se reconoce uno nuevo.
  468. La refinanciación es sustancialmente diferente si el valor descontado de los nuevos flujos difiere en al menos 10%.
  469. Si no hay baja, se recalcula el valor contable descontando los nuevos flujos a la tasa original.
  470. Una entidad pequeña o mediana puede mantener el valor contable y modificar la tasa prospectivamente.
  471. Los pasivos ciertos se presentan separados de las previsiones y distinguiendo corrientes y no corrientes.
  472. Se clasifican según su naturaleza: proveedores, préstamos, deudas fiscales, laborales, con partes relacionadas, etc.
  473. Se revelan políticas contables, criterios de medición y supuestos.
  474. Se revela composición, moneda extranjera, plazos de vencimiento, tasas, garantías y saldos con partes relacionadas.
  475. La entidad pequeña o mediana puede no revelar vencimientos ni tasas.
  476. Se aplican también normas de valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros y ajuste por inflación.
  477. Pasivos ciertos en especie son obligaciones de prestar servicios o entregar activos distintos del efectivo.
  478. Se reconoce un pasivo cierto en especie cuando cumple la definición de pasivo.
  479. La medición inicial es por la medición del activo o servicio recibido.
  480. La medición posterior es por el mayor entre el importe inicial y el importe por contratos onerosos (párrafos 527 a 531).
  481. Se da de baja cuando expira la obligación, se entregan los bienes o se prestan los servicios.
  482. Se presentan separados de las previsiones y distinguiendo corrientes y no corrientes.
  483. Se clasifican según su naturaleza.
  484. Se revelan políticas contables, criterios de medición y supuestos.
  485. Se revela naturaleza, garantías y saldos con partes relacionadas.
  486. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera y ajuste por inflación.
  487. Previsiones son pasivos con incertidumbre sobre cuantía y vencimiento.
  488. Se reconoce una previsión cuando cumple la definición, su medición es confiable y es probable la salida de recursos.
  489. La medición inicial puede ser al valor nominal o al valor descontado.
  490. El valor nominal se determina por valor esperado o importe más probable.
  491. La medición posterior es al valor nominal o al valor descontado según el caso.
  492. Se da de baja una previsión cuando se convierte en pasivo cierto o se extingue la obligación.
  493. Las previsiones se presentan como pasivo, separadas de los pasivos ciertos.
  494. En resultados se presentan los gastos por aumento, ingresos por disminución y resultados financieros por descuento.
  495. Se revelan políticas contables, criterios de medición y supuestos.
  496. Se revela naturaleza, reembolsos, incertidumbres, saldos inicial y final, y causas de aumentos y disminuciones.
  497. Se informa si es impracticable aplicar algún requerimiento.
  498. Si la divulgación es perjudicial, se describen los factores.
  499. Se revelan contingencias que no cumplen condiciones de reconocimiento si no son remotas.
  500. No se reconocen ni revelan contingencias cuya probabilidad sea remota.
  501. Se aplican también normas de moneda extranjera y componentes financieros.
  502. Aportes de propietarios incluyen capital suscripto, aportes irrevocables y primas de emisión.
  503. Se reconocen aportes de capital en el momento de la suscripción.
  504. Un aporte irrevocable para futuras suscripciones se reconoce en patrimonio si cumple ciertos requisitos.
  505. Si no cumple los requisitos, se reconoce dentro del pasivo.
  506. Los aportes para absorber pérdidas se reconocen en patrimonio si están integrados y aprobados.
  507. La constitución y desafectación de reservas y distribución de utilidades se reconocen al ser aprobadas por la asamblea.
  508. Otras partidas se reconocen en patrimonio si están integradas y aprobadas.
  509. La condonación de un crédito por accionistas se reconoce como contribución de capital.
  510. La condonación de un crédito a accionistas se reconoce como reducción de capital o distribución de utilidades.
  511. Los aportes irrevocables se miden por el importe de los activos aportados.
  512. Las primas de emisión se miden por la diferencia entre el aporte total y el valor nominal.
  513. El capital y demás elementos se miden por su valor nominal.
  514. La medición posterior usa el mismo criterio que la inicial.
  515. El total del patrimonio neto se expone en una línea y se referencia al estado de evolución.
  516. En el estado de evolución se clasifican aportes de propietarios y resultados acumulados.
  517. Se discrimina el valor nominal del capital y el ajuste por inflación.
  518. Se revela lo requerido por el Capítulo 6.
  519. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, ajuste por inflación y estado de resultados.
  520. El capítulo describe reconocimiento, medición, presentación y revelación de circunstancias, transacciones o contratos particulares.
  521. El contenido es de baja complejidad y aplicable a cualquier entidad.
  522. Ingresos de actividades ordinarias son aumentos del patrimonio neto originados en actividades principales.
  523. Se reconocen cuando la transacción está concluida según la realidad económica.
  524. Una entidad pequeña o mediana puede no separar componentes de una transacción.
  525. Los ingresos se miden por el precio convenido con los clientes, considerando grado de avance o comisiones.
  526. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, componentes financieros, créditos, pasivos, ajuste por inflación y estado de resultados.
  527. Un contrato oneroso es aquel en que los costos inevitables exceden los beneficios esperados.
  528. Se reconoce como pasivo la pérdida de un contrato oneroso de cumplimiento ineludible.
  529. Se aplica, por ejemplo, a compromisos de compra en ciertas cantidades y precios.
  530. Los costos inevitables son el menor entre el costo de cumplir y las multas por incumplimiento.
  531. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes y moneda extranjera.
  532. Arrendamiento es un acuerdo por el cual el arrendador cede el derecho de uso de un activo a cambio de contraprestación.
  533. Se privilegia la sustancia económica para distinguir entre arrendamientos financieros y operativos.
  534. Un arrendamiento es financiero cuando transfiere sustancialmente todos los riesgos y beneficios.
  535. El arrendamiento de terrenos se presume operativo si no se transfiere la titularidad.
  536. El arrendatario mide inicialmente el activo por el menor entre el valor razonable y el valor descontado de las cuotas mínimas.
  537. El valor descontado se calcula con la tasa implícita o la tasa incremental del arrendatario.
  538. El arrendador no productor reconoce una cuenta por cobrar por el valor descontado de las cuotas mínimas.
  539. El valor descontado se calcula con la tasa implícita.
  540. Se revisa periódicamente el valor residual no garantizado y se ajustan los resultados financieros.
  541. El arrendador productor o revendedor reconoce el resultado por venta considerando precio de venta y costo.
  542. Los valores descontados se calculan con una tasa que refleje el valor tiempo del dinero y los riesgos.
  543. El arrendatario imputa las cuotas como gasto o como componente del costo de un activo.
  544. El arrendador imputa las cuotas como ingreso.
  545. Una modificación contractual se contabiliza como un nuevo contrato.
  546. La venta seguida de arrendamiento aplica las normas de los párrafos siguientes.
  547. Si es arrendamiento financiero, el arrendatario contabiliza como préstamo y mantiene el activo.
  548. La diferencia entre precio de venta y cuotas mínimas es costo financiero.
  549. Si el valor razonable es inferior al valor contable, se analiza indicio de deterioro.
  550. Si es arrendamiento operativo, primero se reconocen pérdidas por desvalorización.
  551. Luego se reconoce resultado según la relación entre precio de venta, valor razonable y cuotas.
  552. El arrendador revela condiciones generales y desagregación de cuotas mínimas.
  553. El arrendador revela conciliación, ingresos financieros no devengados, valores residuales y previsiones.
  554. La entidad pequeña o mediana puede no revelar la información del párrafo 553.
  555. El arrendatario revela condiciones generales, desagregación de cuotas mínimas y cuotas contingentes.
  556. El arrendatario revela conciliación entre cuotas mínimas y su valor actual.
  557. La entidad pequeña o mediana puede no revelar la información de los párrafos 555(b) y 556.
  558. El arrendatario revela subarrendamientos, total de cuotas mínimas a cobrar y condiciones generales.
  559. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, ajuste por inflación y estado de resultados.
  560. Ayudas gubernamentales son acciones del sector público que suministran beneficios económicos específicos.
  561. Se reconoce un subsidio no sujeto a condiciones futuras cuando ha sido recibido o su recepción es probable.
  562. Si está sujeto a condiciones futuras, se reconoce un pasivo hasta que se cumplan.
  563. Se reconoce un préstamo con cláusula de condonación cuando es razonablemente seguro cumplir las condiciones.
  564. Un préstamo a tasa inferior a la de mercado se trata como subsidio gubernamental.
  565. Un subsidio que se convierte en reembolsable se trata como cambio de estimación.
  566. Los subsidios no monetarios se miden según párrafo 204; los préstamos a tasa inferior se miden por la diferencia con valor descontado.
  567. Los subsidios no reconocidos como resultados se presentan como pasivo.
  568. Los subsidios se presentan como otros ingresos o reducción de gastos.
  569. Se revelan políticas contables, naturaleza y alcance de los subsidios, y condiciones incumplidas.
  570. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, ajuste por inflación y estado de resultados.
  571. Impuesto a las ganancias incluye corriente y diferido; base fiscal es la valuación fiscal de activos y pasivos.
  572. Una entidad pequeña puede reconocer solo el impuesto corriente.
  573. Una entidad mediana puede reconocer solo el impuesto corriente si el diferido implica costo desproporcionado. (por nota)
  574. Los pasivos o activos por impuesto corriente se miden a su valor nominal.
  575. Se compensan pasivos y activos por impuesto corriente si hay derecho legal de compensación.
  576. El pasivo o activo neto por impuesto corriente se presenta dentro de deudas fiscales u otros créditos.
  577. El gasto por impuesto corriente se presenta neto de las partidas que le dieron origen.
  578. La entidad que no es pequeña aplica el método del impuesto diferido.
  579. El gasto o ingreso diferido es la diferencia entre los saldos de activos y pasivos diferidos entre cierres.
  580. Se reconoce pasivo por diferencias imponibles y activo por diferencias deducibles si es probable la recuperación.
  581. Se reconoce activo por pérdidas fiscales si es probable la obtención de ganancias imponibles futuras.
  582. No se reconocen pasivos por llave no deducible ni por reconocimiento inicial de activos/pasivos que no afectan resultado.
  583. Se puede no reconocer pasivos por diferencias de terrenos o ciertos activos biológicos si es improbable la reversión.
  584. No se reconocen activos por reconocimiento inicial que no afecta resultado ni por inversiones si es improbable la reversión.
  585. Los pasivos o activos diferidos se miden multiplicando las diferencias temporarias por la tasa fiscal.
  586. Los activos por pérdidas fiscales se miden multiplicando la pérdida por la tasa fiscal.
  587. Los pasivos y activos diferidos se pueden medir a valor nominal o valor descontado.
  588. La base fiscal de un activo es el importe deducible o su medición contable si no tributa.
  589. La base fiscal de un pasivo es su medición contable menos lo deducible en el futuro.
  590. Algunas partidas no reconocidas pueden tener base fiscal.
  591. Los activos por impuestos diferidos no pueden medirse por encima de su valor recuperable.
  592. Se reconocen pérdidas por desvalorización de activos diferidos si es improbable su recuperación.
  593. Se revierte la desvalorización si desaparecen las causas.
  594. La contrapartida de la pérdida o reversión se imputa al impuesto a las ganancias.
  595. Las pérdidas se revierten si cambian las estimaciones, hasta el menor entre la medición sin pérdida y el nuevo valor.
  596. Se compensan pasivos y activos diferidos si hay derecho legal de compensación.
  597. El pasivo o activo diferido se presenta como no corriente dentro de deudas fiscales o como partida separada.
  598. El gasto o ingreso diferido se presenta neto de las partidas que le dieron origen.
  599. Se revela composición del gasto, variaciones de saldos, tasa aplicable, motivos de reconocimiento de pérdidas fiscales, conciliación (excepto pequeñas o medianas), y pasivos no reconocidos.
  600. Se aplican también normas de moneda extranjera, ajuste por inflación y estado de resultados.
    600A. Reestructuración es un programa que cambia el alcance o la manera de llevar a cabo la actividad.
  601. Se reconoce un pasivo por reestructuración cuando hay decisión, programa detallado y expectativa válida en terceros.
  602. Se incluyen costos directos, no se incluyen costos de actividades que se mantendrán ni ganancias esperadas.
  603. Se verifica el valor recuperable de los activos a vender o dar de baja.
  604. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, ajuste por inflación y estado de resultados.
  605. El capítulo describe requerimientos generales para la presentación de estados contables.
  606. Se presentan cumpliendo los requerimientos del capítulo, otras secciones y otras normas.
  607. Estado de situación patrimonial presenta activos, pasivos y patrimonio neto a un momento determinado.
  608. El estado de situación patrimonial incluye activo, pasivo y patrimonio neto.
  609. Los rubros del activo incluyen caja y bancos, inversiones, créditos, bienes de cambio, uso, intangibles, propiedades de inversión, etc.
  610. Los rubros del pasivo incluyen deudas con proveedores, préstamos, deudas fiscales, laborales, previsiones, etc.
  611. El patrimonio neto se expone en una línea referenciada al estado de evolución.
  612. Los activos y pasivos se clasifican como corrientes o no corrientes.
  613. Excepcionalmente, se pueden presentar ordenados por liquidez si es más relevante.
  614. La presentación por liquidez es pertinente para entidades financieras, aseguradoras, etc.
  615. Se puede combinar clasificación por corrientes/no corrientes y por liquidez.
  616. La clasificación como corriente o no corriente sigue los criterios de los párrafos 617 a 623.
  617. Un activo es corriente si representa efectivo de libre disponibilidad o se espera convertir en efectivo en un año.
  618. Son activos corrientes caja y bancos, otros activos de conversión en un año, consumibles y activos destinados a cancelar pasivos corrientes.
  619. Los activos no corrientes son los que no pueden clasificarse como corrientes.
  620. Un pasivo es corriente si es exigible a la fecha de cierre o en los próximos doce meses.
  621. Los pasivos no corrientes son los que no pueden clasificarse como corrientes.
  622. Si un activo o pasivo tiene períodos mixtos, se clasifica la parte corriente y no corriente por separado.
  623. Para la clasificación se considera la intención de la entidad, índices de rotación e información adicional.
  624. Las partidas de ajuste de medición se deducen o adicionan directamente de las cuentas patrimoniales.
  625. Si son significativas, se identifican en notas o en el cuerpo.
  626. Las partidas se exponen por su importe neto si su compensación futura es legalmente admisible.
  627. Si son significativas, se identifican los importes brutos compensados.
  628. Estado de resultados informa sobre las causas que generaron el resultado del período.
  629. Los componentes del resultado incluyen ingresos, costo de ventas, gastos operativos, resultados financieros, impuesto, etc.
  630. No se presentan resultados extraordinarios, pero se revela su naturaleza y monto en notas.
    630A. Los reintegros, reembolsos y desgravaciones se presentan adicionados a ingresos o por separado según corresponda.
  631. Los resultados financieros y de tenencia pueden presentarse fuera del acápite separado si se relacionan con actividades ordinarias.
  632. Los resultados financieros y de tenencia se pueden presentar en forma simplificada (una línea) o más depurada.
  633. La presentación depurada puede ser por activo/pasivo, por rubro que generó el resultado o por naturaleza.
  634. En contexto de inflación, se presentan en términos reales o multiplicando el valor nominal por el coeficiente.
  635. Una actividad es discontinuada si se resuelve vender, escindir o abandonar una línea separada de negocios o área geográfica.
  636. No constituyen discontinuación la retirada gradual, paralización, cambios de lugar, cierre de instalaciones o venta de similar.
    636A. Se presenta un importe único en resultados con el resultado después de impuestos de operaciones discontinuadas.
    636B. La información comparativa se clasifica como discontinuada o como actividades que continúan según corresponda.
  637. Para identificar una actividad discontinuada se basan en líneas de productos o áreas geográficas.
  638. Un componente es distinguible si sus activos, pasivos, ventas y gastos pueden asignarse directamente.
  639. La discontinuación es un suceso infrecuente; cambios menores se clasifican como reestructuraciones.
  640. Se suministra información en notas sobre la descripción, hechos, fechas, activos, pasivos y flujos de efectivo de la operación discontinuada.
  641. También se brinda información si la decisión se toma entre la fecha de cierre y la aprobación de los estados.
  642. Estado de evolución del patrimonio neto informa la composición del patrimonio y las causas de los cambios.
  643. Se clasifican aportes de propietarios y resultados acumulados.
  644. Los aportes incluyen capital suscripto, ajuste del capital, aportes irrevocables y primas de emisión.
  645. Los resultados acumulados incluyen resultados no asignados, ganancias reservadas y resultados diferidos.
  646. Para cada rubro se presenta saldo inicial, ajustes, variaciones del período y saldo final.
  647. Los resultados diferidos se clasifican por naturaleza y se distingue si se reclasificarán a resultados o no.
  648. Al reclasificar, se exponen los conceptos positivos y negativos y el impuesto relacionado.
  649. Estado de flujos de efectivo informa variaciones del efectivo y equivalentes y sus causas.
  650. Se expone saldo inicial, variación neta y saldo final del efectivo y equivalentes.
  651. Las causas de variación se exponen por separado para actividades operativas, de inversión y financiación.
  652. Las actividades operativas pueden exponerse por método directo o indirecto.
  653. En método directo se exponen cobros y pagos brutos: a clientes, a proveedores, de sueldos, impuestos, etc.
  654. En método indirecto se parte del resultado y se ajustan partidas que no afectan al efectivo.
  655. Las partidas de ajuste se pueden exponer en el cuerpo del estado o en notas.
  656. En actividades de inversión se incluyen pagos por compras de bienes de uso, intangibles, inversiones, y cobros por ventas.
  657. Se presentan por separado los flujos por adquisición o enajenación de entidades controladas.
  658. En actividades de financiación se incluyen cobros por emisión de acciones, préstamos, y pagos de préstamos y arrendamientos financieros.
  659. Se presenta una conciliación entre los flujos de actividades y la variación total del efectivo.
  660. Las diferencias provienen de resultados financieros y de tenencia del efectivo y equivalentes.
  661. Se puede no presentar la conciliación si es pequeña o mediana o si aplica ajuste por inflación.
  662. Se presentan por separado flujos por intereses, dividendos e impuesto a las ganancias.
  663. Los intereses y dividendos pagados se asignan a actividades operativas o de financiación.
  664. Los intereses y dividendos cobrados se asignan a actividades operativas o de inversión.
  665. El impuesto a las ganancias pagado se asigna a actividades operativas, salvo que pueda asociarse a inversión o financiación.
  666. En contexto de inflación, se puede presentar el estado de flujos en forma sintética.
  667. Si se opta por la simplificación, no se efectúa la conciliación y los resultados financieros quedan en actividades operativas.
  668. (Eliminado)
  669. (Eliminado)
  670. (Eliminado)
  671. Se pueden exponer por neto los cobros y pagos efectuados por cuenta de terceros o de rotación rápida.
  672. Se revela conciliación entre efectivo en flujo y en situación patrimonial, y transacciones no monetarias significativas.
  673. Notas son información necesaria para la comprensión de los estados contables no incluida en el cuerpo.
  674. Se revelan bases de preparación, categoría de la entidad, políticas contables significativas e información requerida.
  675. Se incluye la información requerida en esta sección además de la de otras normas.
  676. Las notas se presentan en forma sistemática y con referencia cruzada a los rubros.
  677. La información se expone en el encabezamiento o en una sección específica.
  678. En el encabezamiento se identifican los estados contables y se incluye síntesis de la entidad.
  679. El resto de las notas se exponen mediante descripciones o cuadros anexos.
  680. Se identifica la fecha de cierre y el período comprendido.
  681. Se informa sobre la moneda, criterios de ajuste por inflación e índice utilizado.
  682. Se informa denominación, domicilio, forma legal, registro, controladora, cambios en composición y actividades.
  683. Se revelan los juicios profesionales más significativos en la aplicación de políticas contables.
  684. Se revelan supuestos con riesgo de ajustes significativos en el próximo período.
  685. Se expone monto y composición del capital y cantidad de acciones.
  686. Para cada clase de acciones se revela número autorizado, suscripto, valor nominal, conciliación, derechos y restricciones.
  687. Si el capital no está representado por acciones, se revela información equivalente.
  688. Se describe la naturaleza y destino de cada reserva.
  689. Se informa sobre cambios que afecten la comparabilidad.
  690. Si se modifican estimaciones de períodos intermedios, se informa su naturaleza y efecto.
  691. Se informa composición de rubros significativos y evolución de bienes de uso e intangibles.
  692. Se informa sobre activos con restricciones de disposición o disponibilidad.
  693. Se informa sobre restricciones a la distribución de ganancias.
  694. Se incluye la causa y cuantificación de la modificación de información de ejercicios anteriores.
  695. Se referencia la nota en los rubros modificados.
  696. Si el cambio es por nueva norma, se describe el método anterior, el nuevo y la justificación.
  697. Si es impracticable adecuar cifras comparativas, se expone el motivo y la naturaleza de las modificaciones.
  698. Cada nota tiene un título y se expone en el mismo orden que las referencias.
  699. Se revela naturaleza de relaciones, tipos de transacciones, condiciones, políticas contables e importes con partes relacionadas.
  700. La información se revela separada para controladora, controladas, influencia significativa, negocios conjuntos, personal clave y otras.
  701. Si es controladora, revela la identidad de las controladas incluso sin transacciones.
  702. Se pueden agrupar partidas similares.
  703. En estados consolidados no se revelan transacciones intragrupo, pero sí con no consolidadas.
  704. Se aplica a entidades con control, influencia significativa, individuos con influencia, familiares, entidades de esos individuos, negocios conjuntos y fondos de retiro.
  705. Se pone énfasis en la sustancia de la relación, no solo en la forma legal.
  706. No se consideran partes relacionadas por el solo hecho de tener un directivo común, ni proveedores de financiación, sindicatos, etc.
  707. Se exime de revelar transacciones con un gobierno que tenga control sobre la entidad y con otra entidad controlada por el mismo gobierno.
  708. Si aplica la exención, se revela el nombre del gobierno, naturaleza de la relación y detalle de transacciones.
  709. Esta sección describe requerimientos particulares para entidades sin fines de lucro (excepto cooperativas).
  710. Las entidades sin fines de lucro aplican esta sección, el resto del capítulo 6 y otras normas de presentación.
  711. Pueden adaptar la presentación y denominación de elementos a su actividad.
  712. En caso de conflicto, prevalece esta sección.
  713. Las cooperativas no están alcanzadas por esta sección.
  714. Los organismos autárquicos pueden presentar estados contables según esta sección.
  715. Entidades sin fines de lucro incluyen asociaciones civiles, fundaciones, clubes, mutuales, cámaras, obras sociales, sindicatos, etc.
  716. El conjunto completo incluye estado de situación patrimonial, estado de recursos y gastos, estado de evolución del patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y notas.
  717. Para el estado de situación patrimonial se aplican los párrafos 607 a 627.
  718. Los créditos incluyen compromisos de subsidios de autoridades nacionales, provinciales o municipales.
  719. Se discriminan créditos por servicios, cuotas sociales, donaciones, etc.
  720. Se ejemplifica con clubes, instituciones educativas, sindicatos y entidades de salud.
  721. Bienes para consumo o comercialización incluyen bienes destinados a la venta o consumo y anticipos a proveedores.
  722. Se distinguen existencias para consumo interno y para comercialización.
  723. Se ejemplifica con clubes, entidades de salud y sindicatos.
  724. Pasivos por fondos con destino específico incluyen aportes recibidos para fines determinados.
  725. Se reconocen como recursos cuando se cumple el fin o se ejecuta el gasto.
  726. Para el estado de recursos y gastos se aplican los párrafos 628 a 641.
  727. Recursos para fines generales son cuotas sociales; para fines específicos son aportes con destino determinado; diversos son ventas, subsidios, etc.
  728. Se presentan por separado recursos y gastos de actividades ordinarias.
  729. Se presentan por separado recursos generales, específicos, diversos, gastos generales, específicos, depreciaciones, etc.
  730. Para el estado de evolución del patrimonio neto se aplican párrafos 642 a 648.
  731. Capital incluye aportes específicos y superávits asignados; aportes de fondos para fines específicos se incluyen en patrimonio si no son para terceros.
  732. Dentro de superávits acumulados se expone superávit del período y superávit diferido.
  733. Si carece de capital, puede exponer un estado combinado de evolución del patrimonio y recursos y gastos.
  734. Para el estado de flujos de efectivo se aplican párrafos 649 a 672.
  735. La entidad sin fines de lucro presenta el estado de flujos por el método directo.
  736. Para las notas se aplican párrafos 673 a 708.
  737. Se puede exponer en notas el presupuesto económico y financiero aprobado.
  738. Las cifras presupuestarias se expresan en moneda que permita comparar con el estado de recursos y gastos.
  739. También se puede exponer el presupuesto para el ejercicio venidero.
  740. Se informan recursos y gastos por sector y las bases utilizadas.
  741. Estados contables de períodos intermedios pueden ser completos o condensados.
  742. Se aplican las mismas políticas contables que para los estados anuales.
  743. Los ingresos estacionales no se anticipan o difieren; el impuesto se reconoce con la tasa promedio esperada.
  744. Se puede presentar un conjunto completo o condensado de estados contables intermedios.
  745. En el título se identifica si es condensado.
  746. Se aplica la información comparativa del inciso b) del párrafo 59.
  747. Si se opta por condensados, se presentan estado de situación patrimonial, resultados, evolución del patrimonio, flujos de efectivo y notas seleccionadas.
  748. Las notas incluyen información significativa para entender los cambios desde el último cierre anual.
  749. Se revelan cambios de políticas, estacionalidad, cuestiones inusuales, cambios en estimaciones, movimientos de capital, dividendos, hechos posteriores y cambios en la composición.
  750. Se presume que el lector tiene acceso a los estados contables anuales más recientes.
  751. El capítulo describe conversión de estados contables de entidades del exterior y preparación de estados consolidados.
  752. El objetivo es establecer reglas para convertir estados contables de entidades del exterior para consolidación, VPP o contabilización.
  753. Entidad del exterior: usa moneda extranjera y es controlada, controlada conjuntamente o asociada.
  754. Para convertir, activos y pasivos se convierten al tipo de cambio de cierre; resultados al tipo de la fecha de la transacción.
  755. Se puede usar un tipo de cambio aproximado si las fluctuaciones no son significativas.
  756. Las cuentas por cobrar o pagar a la entidad del exterior que no se prevé liquidar se tratan como parte de la inversión.
  757. La llave de negocio y ajustes de valor razonable se expresan en la moneda de la entidad del exterior.
  758. Las diferencias de conversión se acumulan en resultados diferidos hasta la venta o reembolso del capital.
  759. Las diferencias surgen por conversión de resultados a tipo de transacción y activos/pasivos a tipo de cierre.
  760. Si la moneda de la entidad del exterior es de un país con inflación, primero se ajustan sus estados contables.
  761. Luego se convierten usando el tipo de cambio de cierre.
  762. Se aplica la sección de impuesto a las ganancias a las diferencias temporarias por conversión.
  763. Se revelan método, tipos de cambio, diferencias de conversión y cualquier entidad del exterior en contexto de inflación.
  764. El objetivo es prescribir normas sobre presentación de estados consolidados y evaluación de control.
  765. Control es el poder para dirigir las actividades relevantes de la participada y utilizarlo como principal.
  766. Una controladora presenta estados consolidados que comprenden a todas sus controladas.
  767. No es necesario consolidar si la controladora es también controlada, no hace oferta pública y otra controladora superior consolida.
  768. Si no consolida, contabiliza las participaciones según párrafos 824 a 871.
  769. No se consolida una subsidiaria adquirida para venderla dentro de un año; se contabiliza como inversión financiera.
  770. El control se evalúa independientemente de la naturaleza jurídica del vínculo.
  771. Una entidad controla si tiene poder sobre la participada, está expuesta a rendimientos variables y puede usar su poder para incidir sobre ellos.
  772. El poder se tiene cuando se poseen derechos para dirigir las actividades relevantes.
  773. Para evaluar el poder se consideran las actividades relevantes, cómo se toman decisiones y los derechos de la entidad.
  774. Las actividades relevantes incluyen ventas, gestión de activos, adquisición de activos, I+D, financiación.
  775. Las decisiones sobre actividades relevantes incluyen presupuestos, nombramiento y remuneración del personal clave.
  776. Se tiene poder aunque no se haya ejercido; si dos entidades dirigen actividades diferentes, tiene poder la que dirige las que más afectan los rendimientos.
  777. Se presume poder si se posee la mayoría de los derechos de voto, salvo que haya evidencia en contrario.
  778. Se puede tener poder con menos del 50% de los votos mediante acuerdos contractuales, derechos potenciales, etc.
  779. Para evaluar el control se consideran los derechos de voto potenciales que sean ejercitables.
  780. Una entidad está expuesta a rendimientos variables si sus rendimientos pueden variar como consecuencia del vínculo.
  781. Los rendimientos incluyen dividendos, comisiones, exposición a pérdidas, beneficios fiscales, economías de escala, etc.
  782. Para evaluar el control se determina si la entidad actúa como principal o como mandataria.
  783. Una mandataria actúa en nombre de otra parte (el principal) y no controla la participada.
  784. Los estados consolidados presentan al grupo económico como si fuera una sola entidad económica.
  785. Un conjunto completo consolidado incluye estado de situación patrimonial, resultados, evolución del patrimonio, flujos de efectivo y notas.
  786. Para consolidar, se combinan estados línea por línea, se elimina la inversión de la controladora y se eliminan saldos y transacciones intragrupo.
  787. Las proporciones de resultado y cambios en patrimonio se basan en las participaciones existentes.
  788. Todos los estados del grupo deben ser a la misma fecha, salvo en el ejercicio que comienza o cesa la consolidación.
  789. Se puede usar fecha diferente si la diferencia no supera los tres meses y la fecha de la controlada es anterior.
  790. Se registran ajustes por transacciones significativas entre ambas fechas.
  791. Los ajustes pueden basarse en informes de gestión, no en presupuestos.
  792. Los estados consolidados se expresan en moneda de cierre según párrafos 176 a 200.
  793. Las controladas del exterior se convierten según párrafos 752 a 763.
  794. Se aplican las mismas normas contables en todo el grupo.
  795. Si las controladas aplican normas diferentes, la controladora las ajusta.
  796. Se eliminan saldos, transacciones, ganancias y pérdidas intragrupo reconocidas en activos.
  797. Si las pérdidas intragrupo reflejan desvalorización, se reconoce.
  798. Se aplica impuesto a las ganancias a las diferencias temporarias por eliminación de ganancias intragrupo.
  799. Las acciones de una entidad del grupo en otra se exponen como reducción del patrimonio neto consolidado.
  800. Los ingresos y gastos de una controlada se incluyen desde la fecha de adquisición hasta que se pierde el control.
  801. Al perder el control, se dan de baja activos, pasivos y participaciones no controladoras, y se reconoce contraprestación e inversión conservada.
  802. Se contabilizan los importes reconocidos en resultados diferidos sobre la misma base que si se dispusiera de los activos.
  803. Si se deja de controlar pero se conserva inversión, esa inversión se mide a valor razonable y luego se contabiliza según corresponda.
  804. Si cambia la proporción de participaciones no controladoras por transacciones entre propietarios, se ajusta el patrimonio neto consolidado.
  805. Se presenta el total del patrimonio y resultado desagregado entre propietarios de la controladora y participaciones no controladoras.
  806. Se revelan juicios, composición del grupo, restricciones, riesgos, cambios en participación y consecuencias de pérdida de control.
  807. El capítulo describe criterios para negocios conjuntos, participaciones en otras entidades por VPP, y beneficios a empleados a largo plazo.
  808. El objetivo es prescribir criterios para identificar si es parte de un negocio conjunto y su tratamiento contable.
  809. Aplica a estados consolidados, separados o individuales, no a los estados contables del propio negocio conjunto.
  810. Se establecen requerimientos para identificar, clasificar y contabilizar negocios conjuntos.
  811. Control conjunto existe cuando las decisiones sobre actividades relevantes requieren consentimiento unánime.
  812. Un negocio conjunto se caracteriza por un acuerdo contractual que otorga control conjunto a dos o más partes.
  813. El acuerdo otorga control conjunto si las partes actúan conjuntamente para dirigir actividades relevantes con consentimiento unánime.
  814. Los acuerdos pueden ser uniones transitorias, consorcios, agrupaciones o sociedades.
  815. Para evaluar si tiene control conjunto, se puede recurrir al juicio profesional.
  816. La clasificación se basa en la definición y, si la forma jurídica no refleja la sustancia, se usa el juicio profesional.
  817. En un negocio conjunto no societario, la controladora conjunta reconoce sus activos, pasivos, ingresos y gastos.
  818. La medición se hace por el importe contable como si no existiera el negocio o multiplicando el porcentaje de participación.
  819. La parte que no es controladora conjunta mide su participación según los párrafos 817 y 818 o según otras normas.
  820. Antes de aplicar los párrafos 817 y 818, se convierte la información de una entidad del exterior.
  821. Una controladora conjunta contabiliza un negocio conjunto societario según párrafos 824 a 871.
  822. La parte sin control conjunto contabiliza según párrafos 824 a 871 si tiene influencia significativa, o como inversión financiera.
  823. Se revela naturaleza, alcance, efectos financieros, nombre, domicilio, proporción de participación y restricciones de los negocios conjuntos.
  824. El objetivo es establecer reglas para participaciones en subsidiarias (estados separados), asociadas y negocios conjuntos societarios.
  825. Las subsidiarias en consolidados se rigen por párrafos 764 a 806.
  826. Los negocios conjuntos se rigen por párrafos 808 a 823.
  827. Asociada es una entidad sobre la que el inversor tiene influencia significativa.
  828. Se aplica a subsidiarias en estados separados, y a asociadas y negocios conjuntos societarios en estados separados, consolidados o individuales.
  829. Si se adquiere para vender en un año, no se aplica esta sección y se contabiliza como inversión financiera.
  830. El plazo de un año puede extenderse si hay circunstancias fuera del control.
  831. Se reconoce la inversión en una subsidiaria directa desde la fecha de adquisición.
  832. Se reconoce la inversión en un negocio conjunto societario desde la fecha de adquisición.
  833. Se reconoce la inversión en una asociada desde la fecha en que se tiene influencia significativa.
  834. Se presume influencia significativa con el 20% o más del poder de voto, salvo prueba en contrario.
  835. La influencia significativa se evidencia por representación en el directorio, participación en políticas, transacciones importantes, intercambio de personal o información técnica.
  836. Se consideran los derechos de voto potenciales ejercitables.
  837. Se examinan todos los hechos y circunstancias, no solo la intención de ejercer.
  838. Se pierde la influencia significativa cuando se carece del poder de intervenir en las decisiones.
  839. La medición inicial es al costo de adquisición.
  840. El costo incluye activos entregados a valor razonable, pasivos asumidos a valor descontado, acciones emitidas (valor razonable o participación en neto) y costos directos.
  841. Si el valor razonable de los activos entregados difiere de su valor en libros, la diferencia se imputa a resultados.
  842. Si una inversión preexistente comienza a calificar para VPP, se determina un costo atribuido.
  843. El costo atribuido total se compone del costo de adquisición más el costo atribuido de la inversión preexistente.
  844. El costo atribuido se mide por la participación en el neto de los activos y pasivos de la adquirida o a valor razonable.
  845. El costo de adquisición se segrega en participación en valor de libros, diferencia con valores razonables e impuestos diferidos.
  846. Si el costo es superior a la suma de esos valores, la diferencia es llave de negocio implícita.
  847. Si el costo es inferior, se reidentifican y miden nuevamente los activos y pasivos, y la diferencia se reconoce en resultados.
  848. Si la contabilización inicial está incompleta, se reconocen importes provisionales y se ajustan durante el período de medición (12 meses).
  849. La medición posterior modifica el costo por la participación en resultados, resultados diferidos, distribuciones y otras variaciones patrimoniales.
  850. Las proporciones se basan en las participaciones existentes, sin considerar opciones.
  851. Se consideran los efectos de los aportes irrevocables para futuras suscripciones.
  852. El VPP se calcula con estados a la misma fecha o con diferencia no mayor a tres meses (fecha de participada anterior).
  853. Se registran ajustes por transacciones significativas entre ambas fechas.
  854. Los ajustes se basan en informes de gestión, no en presupuestos.
  855. Se considera el ajuste por inflación según párrafos 176 a 200.
  856. Se convierten estados de entidades del exterior según párrafos 752 a 763.
  857. Para subsidiarias y negocios conjuntos se aplican las mismas normas contables; para asociadas, normas vigentes.
  858. Se ajustan errores significativos antes de calcular el VPP.
  859. Se eliminan ganancias y pérdidas intragrupo reconocidas en activos, excepto si los activos se miden a valores corrientes.
  860. Las pérdidas intragrupo pueden indicar desvalorización.
  861. Se aplica impuesto a las ganancias a las diferencias temporarias por eliminación.
  862. Si la participada tiene acciones propias en cartera, se calcula la tenencia sobre las acciones en circulación.
  863. Si la inversión llega a cero, no se reconocen pérdidas adicionales salvo que haya compromiso de financiar.
  864. Los indicios de deterioro incluyen dificultades financieras, incumplimientos, concesiones, quiebra probable o desaparición de mercado activo.
  865. Si hay indicios, se aplican párrafos 145 a 175.
  866. Se interrumpe el VPP cuando la inversión deja de cumplir las condiciones.
  867. Al interrumpir, los resultados diferidos se transfieren a resultados.
  868. Si se vende total o parcialmente y deja de cumplir definición, se reconoce resultado y se reclasifican resultados diferidos.
  869. Si la inversión se reduce pero continúa clasificándose, se reconoce resultado y se reclasifican resultados diferidos en la proporción vendida.
  870. La inversión se presenta como activo no corriente; el resultado por participación bajo título específico; los resultados diferidos por separado.
  871. Se revela naturaleza, efectos financieros, nombre, domicilio, proporción, información resumida, restricciones y riesgos.
  872. El objetivo es definir criterios para beneficios post-empleo y otros beneficios a largo plazo.
  873. Se reconoce un pasivo cuando el empleado presta servicios que le dan derecho a beneficios, y un gasto a medida que se consumen los beneficios.
  874. Beneficios a empleados son todas las retribuciones a cambio de los servicios prestados.
  875. Se aplica a beneficios post-relación laboral y otros beneficios a largo plazo.
  876. Se aplica incluso si se crea una entidad separada para administrar los fondos.
  877. Los beneficios pueden ser para los empleados o sus dependientes, en dinero, bienes o servicios.
  878. El término empleados incluye directores y personal gerencial.
  879. No trata beneficios a corto plazo, indemnizaciones por terminación, retribuciones con instrumentos de capital, ni estados contables de los planes.
  880. Se distingue entre planes de contribuciones definidas y beneficios definidos según la sustancia económica.
  881. En planes de contribuciones definidas, la obligación se limita a la contribución; el riesgo lo asume el empleado.
  882. En planes de beneficios definidos, la obligación es suministrar los beneficios acordados; el riesgo lo asume la entidad.
  883. Se reconoce la contribución a realizar como pasivo, activo (si pagó de más) y gasto.
  884. Se revela descripción del plan, grupos alcanzados, bases de determinación y gasto reconocido.
  885. En planes de beneficios definidos, la entidad asume los riesgos actuariales y de inversión.
  886. Para contabilizar, se utilizan técnicas actuariales, se descuentan beneficios y se determinan activos del plan, ganancias/pérdidas actuariales, costos por servicios pasados, etc.
  887. Si hay más de un plan, se aplica el procedimiento por separado.
  888. Se pueden usar estimaciones o métodos abreviados.
  889. Se contabilizan obligaciones legales e implícitas asumidas voluntariamente.
  890. Se presume que la entidad continuará otorgando los beneficios durante la vida activa de los empleados.
  891. Se reconoce un pasivo (activo) neto por beneficios definidos: valor presente de la obligación menos valor razonable de los activos del plan.
  892. Se determinan con suficiente regularidad para que no difieran significativamente.
  893. Las obligaciones significativas se miden con actuario; se puede usar fecha anterior hasta tres meses.
  894. Si el importe es deudor, el activo es el menor entre ese importe y el valor presente de beneficios económicos disponibles.
  895. La diferencia se imputa a resultados diferidos y no se reclasifica.
  896. Se reconoce en resultados el costo de servicios presente y pasado, interés neto y efecto de reducciones o terminaciones.
  897. Para medir el valor presente y el costo de servicios se aplica método de valuación, se asignan beneficios a períodos y se efectúan supuestos actuariales.
  898. Se utiliza el Método de Unidades de Beneficios Proyectados.
  899. Cada período de servicio genera una unidad adicional de derecho.
  900. La obligación total se descuenta.
  901. Los beneficios se asignan a períodos usando la fórmula del plan o de forma lineal si el nivel de beneficios es significativamente más alto en años futuros.
  902. Se atribuye una parte de los beneficios al período presente y a los períodos en que surge la obligación.
  903. Los supuestos actuariales incluyen hipótesis demográficas (mortalidad, rotación) y financieras (tasa de descuento, futuros sueldos).
  904. Los supuestos deben ser objetivos y consistentes entre sí.
  905. Son objetivos si cumplen el requisito de neutralidad.
  906. Son consistentes si reflejan relaciones económicas entre factores.
  907. La tasa de descuento y demás hipótesis se establecen en términos monetarios o reales.
  908. La tasa de descuento se estima con referencia a bonos empresariales de alta calidad o bonos gubernamentales.
  909. La moneda y plazo deben ser congruentes con los de las obligaciones.
  910. El interés neto se calcula multiplicando la tasa de descuento al inicio del período por el pasivo/activo neto.
  911. Las obligaciones reflejan incrementos de sueldos futuros, beneficios del plan y cambios futuros en beneficios gubernamentales si son previsibles.
  912. Los incrementos salariales contemplan antigüedad, promociones y oferta y demanda laboral.
  913. Si el plan exige cambios futuros en beneficios, se reflejan en la medición.
  914. No se consideran cambios en beneficios no establecidos formalmente a la fecha de cierre.
  915. Los beneficios ligados a variables gubernamentales se miden reflejando cambios esperados con base en historia pasada.
  916. Los costos de atención médica se estiman con hipótesis de cambios futuros, datos históricos, avances tecnológicos, cambios en utilización y situación sanitaria.
  917. Los datos históricos se ajustan si la mezcla demográfica difiere o si las tendencias históricas no continuarán.
  918. Las pérdidas y ganancias actuariales proceden de cambios en supuestos o ajustes por experiencia.
  919. Se reconocen en resultados diferidos y no se reclasifican.
  920. El costo por servicios prestados en el pasado surge al introducir o cambiar beneficios.
  921. Se reconoce en resultados cuando tiene lugar la modificación o reducción, o cuando se reconocen costos por reestructuración.
  922. Se excluyen del costo por servicios pasados las diferencias reales vs proyectadas, aumentos discrecionales en pensiones si hay obligación implícita, etc.
  923. Se deduce el valor razonable de los activos del plan del valor presente de la obligación.
  924. No se incluyen contribuciones pendientes ni instrumentos intransferibles emitidos por la entidad.
  925. Se deducen pasivos del fondo no relacionados con beneficios post-empleo.
  926. Si las pólizas de seguro aceptables se corresponden exactamente, su valor razonable es igual al valor razonable de las obligaciones.
  927. Si es prácticamente cierto que un tercero reembolsará, se reconoce un activo separado medido a valor razonable.
  928. Las pólizas de seguro aceptables son activos del plan.
  929. Se contabilizan como todos los demás activos del plan.
  930. Si la póliza no es aceptable, se reconoce derecho de reembolso como activo separado.
  931. El rendimiento de los activos del plan excluye costos de gestión e impuestos del plan.
  932. Los rendimientos se reconocen en resultados diferidos y no se reclasifican.
  933. En reducciones o terminaciones, se reconocen pérdidas o ganancias por cambios en obligaciones y activos del plan.
  934. Antes de determinar el efecto, se reestima la obligación con supuestos actualizados.
  935. Una reducción ocurre cuando se reduce significativamente el número de empleados cubiertos o se ajustan los beneficios a menores.
  936. Puede ocurrir por cierre de fábrica, interrupción de actividad o terminación del plan.
  937. Se reconoce si es significativo para los estados contables.
  938. La terminación del plan ocurre cuando se elimina la obligación legal o implícita de pagar beneficios.
  939. Adquirir una póliza de seguro no es terminación si la entidad conserva la obligación.
  940. Se revela descripción del plan, conciliación de activos y pasivos, gasto total reconocido, principales supuestos actuariales.
  941. Si hay más de un plan, se presenta la información de manera útil para el lector.
  942. Un plan multi-empleador es fondeado por dos o más empleadores; los activos pueden usarse para pagar beneficios de otros empleadores.
  943. Se clasifica según sus características; si es de beneficios definidos, se contabiliza como tal.
  944. Si no hay información suficiente, se trata como de contribuciones definidas y se revela.
  945. Los planes administrados colectivamente son una acumulación de planes individuales; se clasifican según sus características.
  946. Los planes gubernamentales son establecidos por ley y administrados por autoridades.
  947. Se clasifican según la naturaleza de las obligaciones; normalmente son de contribuciones definidas.
  948. Si es de beneficios definidos, se aplica lo establecido.
  949. Si la póliza de seguros está a nombre de los empleados y la entidad no tiene obligación, se trata como plan de contribuciones definidas.
  950. Si la entidad tiene obligación legal o implícita, se trata como plan de beneficios definidos.
  951. Otros beneficios a largo plazo incluyen ausencias remuneradas a largo plazo, premios por antigüedad, beneficios por invalidez, participación en ganancias diferida, etc.
  952. Se utiliza un método simplificado porque la medición no está sujeta al mismo grado de incertidumbre.
  953. Se reconoce un pasivo por otros beneficios a largo plazo: valor presente de la obligación menos valor razonable de activos del plan.
  954. Para medir se aplica lo establecido para planes de beneficios definidos.
  955. El importe neto total se reconoce como gasto o ingreso, o como componente del costo de un activo.
  956. Para beneficio por invalidez permanente, se mide reflejando la probabilidad de pago y el momento esperado.
  957. El capítulo describe combinaciones de negocios e instrumentos derivados y coberturas.
  958. El objetivo es establecer reglas de reconocimiento, medición y revelación para combinaciones de negocios.
  959. Combinación de negocios es una transacción en la que una adquirente obtiene el control de uno o más negocios.
  960. Se aplica esta sección para contabilizar una combinación de negocios.
  961. No se aplica a adquisición de activos que no son negocio ni a combinaciones bajo control común.
  962. Se contabiliza aplicando el método de la adquisición.
  963. Para aplicar el método, se identifica adquirente, fecha de adquisición, se mide el costo, se reconocen activos y pasivos y se mide llave o ganancia.
  964. La adquirente se identifica según los párrafos 770 a 783.
  965. Si no se puede identificar claramente, se considera la entidad de mayor tamaño, la que entrega efectivo o la que emite instrumentos.
  966. La fecha de adquisición es aquella en que se obtiene el control.
  967. Generalmente es la fecha de cierre, pero puede ser anterior o posterior según los hechos.
  968. El costo de la combinación incluye activos entregados a valor razonable, pasivos asumidos a valor descontado, acciones emitidas (valor razonable o participación en neto) y costos directos.
  969. Si los activos transferidos difieren de su valor en libros, se reconoce ganancia o pérdida, excepto si la entidad retiene el control.
  970. Los costos relacionados con la adquisición incluyen honorarios profesionales y se incluyen en el costo, excepto los de emisión de deuda o patrimonio.
  971. Para reconocer activos identificables, pasivos asumidos y participaciones no controladoras se aplican principios generales y particulares.
  972. A la fecha de adquisición se reconocen por separado de la llave de negocio.
  973. Se reconocen si cumplen las definiciones y son parte del intercambio.
  974. Se clasifican o designan según acuerdos contractuales y condiciones existentes a la fecha de adquisición.
  975. Se miden a sus valores razonables en la fecha de adquisición.
  976. Se reconocen activos intangibles si su valor razonable es confiable y no implica costo desproporcionado; los pasivos contingentes se reconocen sin importar probabilidad.
  977. La participación no controladora se mide por la proporción que le corresponde en el neto de los activos y pasivos medidos a valor razonable.
  978. La llave de negocio es el exceso del costo de la combinación más la participación no controladora más el valor razonable de participaciones anteriores, sobre el neto de activos y pasivos.
  979. Si el costo es inferior, se vuelven a medir los activos y pasivos y se reconoce ganancia en resultados.
  980. Si la contabilización inicial está incompleta, se reconocen importes provisionales y se ajustan durante el período de medición (12 meses).
  981. Si se obtiene control en etapas, la participación anterior se mide nuevamente a valor razonable y se reconoce ganancia o pérdida.
  982. La llave de negocio se mide posteriormente al costo original menos amortizaciones y desvalorizaciones (vida definida) o solo menos desvalorizaciones (vida indefinida).
  983. Se revisa la medición si se ajusta el costo de la combinación o las mediciones de activos y pasivos.
  984. Si la llave tiene vida útil indefinida, se evalúa anualmente y se compara con valor recuperable.
  985. Si se determina vida útil definida, se aplica cambio de estimación.
  986. La amortización se calcula sobre base sistemática, generalmente línea recta.
  987. Para estimar la vida útil se consideran naturaleza del negocio, estabilidad del ramo, obsolescencia, etc.
  988. Se revela nombre del negocio adquirido, fecha, porcentaje adquirido, costo, activos y pasivos reconocidos, llave y su vida útil.
  989. También se informa sobre combinaciones efectuadas después de la fecha de cierre pero antes de la emisión.
  990. El objetivo es prescribir normas para instrumentos derivados y operaciones de cobertura.
  991. Se aplica a partidas que cumplen definiciones, excepto garantías financieras, contratos de seguros, contratos de compra/venta de partidas no financieras para uso normal, y contrapartidas contingentes en combinaciones de negocios.
  992. Se aplica a derivados implícitos y a contratos designados como partida cubierta.
  993. Instrumento derivado es un contrato cuyo valor cambia por una variable subyacente, requiere poca o nula inversión inicial y se liquida en el futuro.
  994. Una entidad puede optar por aplicar contabilidad de coberturas para cada operación de cobertura.
  995. El objetivo de la contabilidad de coberturas es representar el efecto de las operaciones de cobertura en los estados contables.
  996. Se puede aplicar si la relación de cobertura cumple requisitos y hay documentación formal.
  997. Los tipos de cobertura son: cobertura del valor razonable, cobertura de flujos de efectivo y cobertura de inversión neta en una entidad del exterior.
  998. Un instrumento de cobertura debe ser un derivado a valor razonable (excepto ciertas opciones) o un activo/pasivo no derivado a valor razonable con cambios en resultados.
  999. Una opción emitida no es instrumento de cobertura a menos que compense una opción comprada.
  1000. Se puede designar una proporción o una combinación de instrumentos.
  1001. La partida cubierta puede ser un activo/pasivo reconocido, un compromiso en firme, una transacción esperada altamente probable o una entidad del exterior.
  1002. Debe poder medirse fiablemente e involucrar a una parte externa.
  1003. La contabilidad de coberturas entre entidades del mismo grupo solo aplica en estados separados o individuales.
  1004. Se puede cubrir riesgo de cambio de cuentas intragrupo en consolidados si la exposición no se elimina totalmente.
  1005. Una cobertura es eficaz si hay relación económica, el riesgo crediticio no predomina y la razón de cobertura es la adecuada.
  1006. La eficacia se evalúa cada vez que hay cambios significativos o en cada cierre.
  1007. Para medir la ineficacia se considera el valor tiempo del dinero.
  1008. Si la razón de cobertura deja de cumplir, se reequilibra.
  1009. El reequilibrio se contabiliza como continuación de la cobertura.
  1010. Se discontinuará la contabilidad de coberturas cuando deje de cumplir los criterios.
  1011. En cobertura de valor razonable, los cambios se imputan a resultados; en cobertura de flujos de efectivo, la parte efectiva va a resultados diferidos y la ineficaz a resultados.
  1012. Al finalizar, los ajustes de cobertura de valor razonable se imputan a resultados; en flujos de efectivo se mantienen o eliminan según corresponda.
  1013. Se reconoce un derivado cuando se cumple la definición; generalmente con valor inicial cero.
  1014. La entidad que no es pequeña o mediana reconoce un derivado implícito por separado si no está relacionado con el contrato principal.
  1015. Se da de baja un derivado cuando los derechos se realizan, ceden o expiran, o la obligación se extingue.
  1016. La medición inicial es a valor razonable o, si no es posible, por la contraprestación entregada o recibida.
  1017. La medición posterior es a valor razonable o, si no es posible, por un importe determinado anteriormente.
  1018. Los cambios en valor razonable se imputan a resultados (cobertura valor razonable o sin designación) o a resultados diferidos (cobertura flujos de efectivo).
  1019. Los saldos acumulados en resultados diferidos se tratan según párrafo 1012.
  1020. Se revelan métodos, supuestos, concentraciones de riesgo, políticas de gestión de riesgos y detalles de coberturas.
  1021. El objetivo es prescribir normas para activos biológicos, productos agropecuarios y resultados de producción agropecuaria.
  1022. Otras partidas (tierra, productos después de cosecha) se rigen por otras secciones.
  1023. Para activos biológicos de producción, se aplican párrafos 1025, 1026A y 1029, y se puede aplicar este capítulo para presentación.
  1024. Actividad agropecuaria es producción de bienes mediante la combinación de esfuerzo humano y naturaleza, excluyendo extracción de recursos no gestionados.
  1025. Se reconoce un activo biológico o producto agropecuario cuando cumple definición, medición confiable y probable beneficio futuro.
  1026. La medición inicial puede ser costo de adquisición, costo de producción, valor razonable menos gastos de venta, aportes o trueques.
    1026A. Los activos biológicos de producción se miden al costo de adquisición o costo atribuido (valor razonable menos gastos de venta para animales, o costo de producción para plantas).
  1027. La medición posterior para activos biológicos destinados a la venta: plantas en desarrollo a costo de producción; otros, las pequeñas pueden usar costo, las medianas si costo desproporcionado, y las demás a valor razonable menos gastos de venta.
  1028. Si no se miden a valor razonable, se aplica comparación con valor recuperable según párrafos 296 a 300.
  1029. Los activos biológicos de producción se miden según sección de bienes de uso.
  1030. Los productos agropecuarios en el momento de cosecha se miden a valor razonable menos gastos de venta.
  1031. Después de la cosecha, se miden según sección de bienes de cambio.
  1032. Los contratos a futuro de activos biológicos o productos agropecuarios para entrega no se reconocen salvo que sean onerosos; si no, se evalúa si son derivados.
  1033. En el estado de situación patrimonial se presentan activos biológicos en rubro específico; los de producción pueden ir en bienes de uso.
  1034. En resultados, el resultado de producción agropecuaria se presenta en primer lugar si es la actividad predominante.
  1035. Los ingresos de actividades ordinarias se presentan según párrafos 522 a 526.
  1036. Se revelan políticas contables, criterios de medición, bases y supuestos.
  1037. Se informa el grado de incertidumbre en la medición del valor razonable.
  1038. Se revela cualquier base de medición distinta del valor razonable.
  1039. Se revela la composición de los ingresos por producción agropecuaria.
  1040. Se revelan los costos de producción relacionados.
  1041. Se aplican también normas de medición de costos, valores corrientes, moneda extranjera, ajuste por inflación, etc.
  1042. Es conveniente que un negocio conjunto no societario confeccione estados contables para que cada parte refleje su participación.
  1043. No incluirá como activos los derechos de uso sobre bienes de propiedad de las partes.
  1044. Incluirá aportes en intangibles si estaban reconocidos en el aportante y por el mismo valor.
  1045. Si los estados están en moneda extranjera, se convierten según párrafos 752 a 763.