
🏛️ El Imperio Romano: La Espina Dorsal Financiera de la Antigüedad 💰
El Imperio Romano, una de las civilizaciones más influyentes de la historia, no solo forjó un vasto territorio con proezas militares y grandes obras de ingeniería; su longevidad y expansión se debieron, en gran medida, a un sistema fiscal robusto, aunque a menudo opresivo. Entender la estructura de impuestos y tributos romanos es clave para comprender el funcionamiento diario del Estado, el mantenimiento de sus legiones y la vida de sus millones de súbditos.
Desde los portoria (impuestos aduaneros) hasta el controvertido tributum, el sistema evolucionó desde la República hasta el Alto Imperio. Figuras como Augusto implementaron reformas cruciales, buscando centralizar la recaudación y reducir la arbitrariedad de los publicanos. Sin embargo, la necesidad constante de financiar la administración, el ejército y los espectáculos públicos (pan y circo) llevó a una presión fiscal significativa, especialmente sobre las provincias conquistadas.
Este sistema fiscal romano no solo cubría gastos; también reflejaba el estatus social, con ciudadanos y no ciudadanos sujetos a diferentes cargas. La constante tensión entre la necesidad de recaudar fondos y la resistencia popular a los tributos marcó la política interna y, para muchos historiadores, fue un factor subyacente en la eventual caída del Imperio Romano. Descubre en este post cómo estos tributos moldearon la sociedad y la economía de la antigua Roma.
Emperadores romanos y los impuestos
- Impuesto sobre la Propiedad (Centesima rerum venalium): Un impuesto sobre las ventas y transacciones, que gravaba alrededor del 1% del valor de los bienes vendidos. Fue implementado para financiar las guerras.
- Impuesto sobre la Herencia (Vicesima hereditatium): Gravaba las herencias y las donaciones recibidas. La tasa podía variar, pero en ciertos momentos fue del 5%.
- Impuesto sobre la Tierra (Centesima rerum rusticarum): Similar al impuesto sobre la propiedad, pero aplicado específicamente a la propiedad rural. También gravaba alrededor del 1%.
- Impuesto sobre el Consumo (Tributum capitis): Un impuesto que gravaba a los ciudadanos romanos con base en su estatus social y riqueza personal. La tasa podía variar.
- Impuesto sobre la Renta (Centesima rerum venalium): En algunos periodos, se aplicaba un impuesto sobre los ingresos derivados de actividades comerciales y de negocios.
- Impuesto sobre el Uso de Caminos (Vicesima hereditatium): Un impuesto específico para financiar la construcción y mantenimiento de carreteras y caminos.
- Impuesto sobre el Agua (Centesima rerum venalium): Aplicado a bienes que involucraban el uso o acceso al agua, como barcos y ciertos productos acuáticos.
- Impuesto sobre el Comercio Marítimo (Centesima rerum venalium): Gravaba las transacciones comerciales realizadas a través de los puertos y rutas marítimas.
- Impuesto sobre el Comercio de Esclavos (Vicesima manumissionum): Gravaba la manumisión de esclavos, es decir, su liberación.
- Impuesto sobre la Venta de Esclavos (Centesima mancipiorum): Aplicado a la venta de esclavos, gravando alrededor del 1% del precio de venta.
Es importante tener en cuenta que las prácticas fiscales en el Imperio Romano variaban a lo largo del tiempo y estaban sujetas a cambios según las necesidades económicas y políticas de la época. Además, diferentes regiones del imperio podían tener regímenes fiscales ligeramente distintos.
Centésima rerum venalium
CENTESIMA, namely pars, or the hundredth part, also called vectigal rerum venalium, or centesima rerum venalium, was a tax of one per cent. levied at Rome and in Italy upon all goods that were exposed for public sale at auctions. It was collected by persons called coactores (Cic. ad Brut. 18, pro Rabir. Post. 11; Dig. 1 tit. 16 s.17 §2). This tax, as Tacitus (Ann. I.78) says, was introduced after the civil wars, though its being mentioned by Cicero shows, that these civil wars cannot have been those between Octavian and Antony, but must be an early civil war, perhaps that between Marius and Sulla. Its produce was assigned by Augustus to the aerarium militare. Tiberius reduced the tax to one half per cent. (ducentesima), after he had changed Cappadocia into a province, and had thereby increased the revenue of the empire (Tac. Ann. II.42). Caligula in the beginning of his reign abolished the tax altogether for Italy, as is attested by Suetonius (Suet. Cal. 16) and also by an ancient medal of Caligula on which we find C.C.R. (i.e. ducentesima remissa). But Dion Cassius (LVIII.16), whose authority on this point cannot outweigh that of Suetonius and Tacitus, states that Tiberius increased the ducentesima to a centesima, and in another passage he agrees with Suetonius in stating that Caligula abolished it altogether (LIX.9; cf. Burmann, De Vectig. Pop. Rom. p70).
Los Publicani
Los recolectores de impuestos, conocidos como publicani, eran contratistas privados que operaban bajo un contrato con el gobierno.

Principado (27 a.C. – 284 d.C.):
Augusto (27 a.C. – 14 d.C.)
Tiberio (14 d.C. – 37 d.C.)
Calígula (37 d.C. – 41 d.C.)
Claudio (41 d.C. – 54 d.C.)
Nerón (54 d.C. – 68 d.C.)
Vespasiano (69 d.C. – 79 d.C.)
Tito (79 d.C. – 81 d.C.)
Domiciano (81 d.C. – 96 d.C.)
Nerva (96 d.C. – 98 d.C.)
Trajano (98 d.C. – 117 d.C.)
Adriano (117 d.C. – 138 d.C.)
Antonino Pío (138 d.C. – 161 d.C.)
Marco Aurelio (161 d.C. – 180 d.C.)
Cómodo (180 d.C. – 192 d.C.)
Pertinax (193 d.C. – 193 d.C.)
Caos del siglo III (235 d.C. – 284 d.C.):
Durante este período hubo numerosos emperadores efímeros y crisis de sucesión.

Tetrarquía y Dominado (284 d.C. – 476 d.C.):
Diocleciano (284 d.C. – 305 d.C.)
Constantino el Grande (306 d.C. – 337 d.C.)
Valentiniano I (364 d.C. – 375 d.C.)
Teodosio I (379 d.C. – 395 d.C.)
Honorio (395 d.C. – 423 d.C.)
Valentiniano III (425 d.C. – 455 d.C.)
Rómulo Augusto (475 d.C. – 476 d.C.), último emperador romano de Occidente.
Esta lista solo incluye algunos de los emperadores más destacados, y hay muchos más que gobernaron durante períodos más cortos o en momentos de crisis. La cronología y la lista completa pueden variar según las fuentes históricas.
Julio Cesar
Moneda


