¿Cómo facturar? hacer una factura electrónica AFIP en seis simples pasos

Aprende paso a paso cómo realizar facturación electrónica en Argentina. Desde la inscripción en AFIP hasta la emisión y envío de comprobantes, este instructivo te guiará para cumplir con las regulaciones fiscales y optimizar tus procesos de facturación.

Una factura, es un documento obligatorio que se gestiona a la hora de realizar una venta por parte de un contribuyente. Su validez es comercial, legal y fiscal y refleja la existencia de los hechos o actos jurídicos de contenido económico, financiero o patrimonial y configuran el sustento documental para determinar las distintas obligaciones tributarias.

Se utiliza para la compraventa de un bien o servicio y se debe agregar detalladamente todos los datos requeridos por la AFIP.

Como emitir facturas es de carácter obligatorio, omitir su gestión puede hacer que la AFIP se involucre y abra una investigación por delitos tributario como la evasión de impuestos.

¿Cómo emito la factura electrónica?

Conocé los pasos para emitir factura electrónica.

¿Cuáles son los tipos de comprobantes a emitir?

En Argentina existen múltiples facturas que respaldan las operaciones. La factura que utilicemos va a variar según la operación que se lleve a cabo y las personas que intervengan dentro de la misma.

Los tipos de factura y/o tickets a emitir por cada venta o locación de servicio, dependerán del sujeto con el que se opere.

Tipo de comprobanteQuién EmitePara quien
Aresponsable inscriptoresponsable inscripto o monotributista
Bresponsable inscriptoConsumidor final / exento
CMonotributista
M
EResponsable inscripto / Monotributista / ExentoExportación
Tresponsable inscriptoTurista del extranjero

https://blog.xubio.com/tipos-de-facturas/?gad_source=1&gclid=CjwKCAiAtt2tBhBDEiwALZuhAKO8-Qll55ky2tvVVguwYAd4mOABTRbILpzr5PW_pt7G7prXjFGUwxoCTvsQAvD_BwE

https://www.tiendanube.com/blog/tipos-de-factura/

Comprobantes clase “A”

Las facturas que emita un responsable inscripto a un monotributista deben contener la leyenda “El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618”

Por su parte, los comprobantes que emita un responsable inscripto a otro podrán ser, dependiendo de la autorización con la que cuente el emisor:

Tipo «A»
Tipo «A» con leyenda «Operación sujeta a retención»
Tipo «M»
Las facturación de un responsable inscripto a un turista extranjero será tipo “T” cuando corresponda a transacciones sujetas al reintegro establecido en la Resolución General Nº 3971/2016 (hoteles, hosterías, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart-hoteles y similares; agencias de turismo habilitadas)

Comprobantes «A» con leyenda «OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN»
Estos comprobantes deberán contener la denominación «OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN» junto a la letra «A». Los adquirentes, locatarios o prestatarios inscriptos en el impuesto al valor agregado, que reciban este tipo de comprobantes actuarán como agente de retención del impuesto mencionado y del impuesto a las ganancias y deberán cancelar la diferencia entre el importe total facturado y el de la retención practicada, mediante transferencia bancaria o depósito, en la cuenta bancaria cuya C.B.U. fuera informada por el vendedor.

El depósito bancario se realizará en efectivo o con cheque librado por el adquirente, locatario o prestatario, contra la cuenta de la que es titular el vendedor. La cancelación del monto mencionado se efectuará únicamente, en la cuenta bancaria cuya C.B.U. se encuentre registrada en el sitio web de este organismo.

Retención
50% del IVA de la operación
3% de impuesto a las ganancias
Si por aplicación de los regímenes generales de retención, establecido en la Resolución General Nº 830/2000 y Resolución General Nº 2.854/2010, surgiera que el monto de retención sea superior, corresponderá la aplicación del monto mayor.

Comprobantes clase «M»

Se ajustan a los mismos requisitos establecidos para los comprobantes clase “A”, excepto que, en la cabecera se consignará la “M” con la denominación “Operación sujeta a retención”.

El adquirente, locatario o prestatario inscripto en el impuesto al valor agregado que reciba el comprobante clase «M» actuará como agente de retención de IVA y del impuesto a las ganancias.

Retención
Todo el IVA de la operación
6% de impuesto a las ganancias
Si por aplicación de los regímenes generales de retención establecido en la Resolución General Nº 830/2000 y Resolución General Nº 2.854/2010, surgiera que el monto de retención sea superior, corresponderá la aplicación del monto mayor.

Nueva funcionalidad
Se implementó, en el servicio «Autorización de Impresión de Comprobantes», la opción «Reproceso Habilitación M por parcialidades» para los contribuyentes autorizados a emitir comprobantes «M» como consecuencia de haber obtenido reiteradas autorizaciones parciales de CAI, por registrar incumplimientos. Esta opción permite, una vez subsanadas las irregularidades, recuperar automáticamente la última habilitación otorgada.

Facturas tipo “T”

Se utilizan para operaciones de alojamiento que se facturen a turistas del extranjero en todo el país, siempre que el pago se instrumente mediante tarjeta de crédito o débito internacional emitida en el exterior o transferencia de divisas.

En este sentido, se considera turista del extranjero a toda persona que ingrese a Argentina sin tener su residencia habitual en el país, y permanezca sin exceder el plazo máximo que establece la legislación migratoria.

Para verificar la residencia en el exterior del turista, se le deberá solicitar el «Comprobante del último tránsito de ingreso o egreso del país» que acredita el ingreso en el país y, de corresponder, la categoría migratoria como «Residente Transitorio Turista» y la fecha en la que expira esa condición.

Al momento de ser escaneado el pasaporte, en el momento del ingreso, se envía el mencionado comprobante al correo electrónico declarado oportunamente por el turista extranjero. También puede obtenerlo a través del link https://www.migraciones.gov.ar/transitos/, ingresando los datos requeridos.

La emisión de las facturas, notas de crédito o débito clase “T” podrá realizarse mediante webservices o bien a través del servicio “Comprobantes en Línea”, utilizando un punto de venta habilitado, que se encuentre asociado al sistema de emisión elegido.

Los datos que deben contener estos comprobantes son los que se detallan en el Anexo I de la Resolución General 3971/2016

¿Qué necesito para facturar?

👉 CUIT / CUIL / CDI.

👉 Clave fiscal habilitada con nivel de seguridad 3.

👉 Contar con los servicios Comprobantes en línea y Administración de puntos de ventas y domicilios incorporados a tu clave fiscal.

Para emitir factura electrónica, primero tenés que habilitar un punto de venta. Conocé cómo habilitarlo ingresando a la guía paso a paso.
Ingresá a la página principal de AFIP. En el recuadro “Ingresar con Clave Fiscal», presioná «Iniciar sesión». Luego, ingresá tu CUIT y clave fiscal

¿Cómo lo hago?

Paso 1
Ingresá a la página de AFIP iniciando sesión ingresando CUIT y Clave Fiscal (que debe ser de nivel 3 o superior).

El sistema desplegará en pantalla la lista de servicios que tenés habilitados. Debés selecccionar el servicio Comprobantes en línea y hacer clic en la opción que te corresponde como monotributista o responsable inscripto. Se desplegará la pantalla del Régimen de Comprobantes en línea.

Paso 2

Seleccione la Empresa a representar

En la siguiente pantalla elegir la opción Generar Comprobantes

Paso 3

Punto de Ventas a utilizar

Tipo de Comprobante

Seleccioná ABM Puntos de Ventas. Habilitá el punto de venta donde vas a emitir comprobantes electrónicos y el tipo de comprobante que vas a usar. Luego, presioná el botón Continuar.

Paso 4
En la misma pantalla, elegí Generar Comprobantes. Completá los datos de emisión: fecha, concepto y- de ser necesario- moneda extranjera (el sistema convertirá de manera automática al tipo de cambio vigente). Una vez hecho esto, hacé clic en el botón Continuar.

Fecha del Comprobante

Conceptos a incluír

Actividades Asociadas (opcional)

Referencia Comercial (opcional)

Paso 5
El sistema te pedirá ahora los datos del receptor de la factura electrónica y las condiciones de venta (contado, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, cheque, etc.). Completá la información y nuevamente hacé clic en el botón Continuar.

Paso 6

DATOS DE LA OPERACIÓN (PASO 3 DE 4)

Completá los datos sobre la operación y volvé a oprimir el botón Continuar.

El sistema te permitirá visualizar y posteriormente imprimir la factura por triplicado.

Comprobantes no validos

Aquí les dejo un tutorial, de los muchos que hay en Youtube el cual, en forma didáctica, muestra cómo hacer para emitir una factura electrónica desde el portal de la AFIP:

Alta de Monotributo en 24 horas

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