Como empleador de personal de casas particulares, es obligatorio realizar el pago de los aportes (ART y jubilación) del período y entregar el correspondiente recibo de pago. A continuación, te explicamos cómo gestionar estos trámites esenciales a través del portal de ARCA (ex AFIP).
¿Cómo Pagar los Aportes de la Trabajadora?
El empleador debe abonar los aportes de la siguiente manera:
- Acceso a AFIP: Ingresar al sitio web de ARCA (ex AFIP) con Clave Fiscal y acceder al portal «Trabajadoras de Casas Particulares».
- Opción de Pago: Seleccionar «Pagar Mes Actual». Aquí se visualizan el período, el vencimiento y el monto total a pagar. Aclaración Importante: El monto total incluye ART + Jubilación + Obra Social. El empleador abona ART y Jubilación; la trabajadora abona la Obra Social.
- Selección del Medio de Pago: El pago puede realizarse de dos formas:
- Pago Manual: Seleccionar esta opción para descargar los formularios correspondientes y abonar en un banco o servicio de pagos.
- Pago Electrónico: Seleccionar y elegir el medio de pago electrónico de preferencia.
Comprobantes: Para el pago manual, se generan dos boletas (una para el empleador, otra para la trabajadora). Para el pago electrónico, se genera un comprobante que debe imprimirse en dos copias para ambas partes.
📄 ¿Cómo Generar el Recibo de Sueldo y el Formulario 102/RT?
El empleador debe generar el recibo de sueldo a través de AFIP siguiendo estos pasos:
- Acceso: Ingresar a AFIP con Clave Fiscal y al portal «Trabajadoras de Casas Particulares».
- Generación de Recibo: Ingresar en «Generar Recibo de Sueldo» y completar los siguientes campos (verificando siempre los datos de la trabajadora):
- Periodo a liquidar (mes a abonar).
- Modalidad de Liquidación (diaria, semanal o mensual).
- Fechas de liquidación (desde y hasta).
- Remuneración (sin incluir aportes de ART y Jubilación).
- Horas trabajadas.
- Observaciones (comentarios).
- Número de comprobante de pago (N° del pago de aportes realizado).
- Impresión y Firma: Presionar “Generar Recibo” e imprimir una copia. Tanto el talón para el empleador como el de la trabajadora deben ser firmados por ambos.
Formulario 102/RT: Adicionalmente, se debe imprimir el Formulario N° 102/RT y completarlo con los datos del empleador, la trabajadora y el período. Se deben imprimir 2 copias a un mismo tenor, que deben ser firmadas por ambas partes, y cada uno conserva su respectiva copia.
Descargar instructivo en PDF: Cómo liquidar aportes y el sueldo de la trabajadora