Perito contador solicita suspensión de plazos y se intime a poner a disposición documentación
Señor Juez:
XXXXXXXX, Contador/a Pública inscripta en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo el Tomo xxx – Folio xxx con domicilio constituido en la calle xxx. xxxxxxx xxxx, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con domicilio electrónico CUIT: xx-xxxxxxxx-x, con la designación única de oficio en la función de perito contador en los autos caratulados: “xxxxxxxxxxxxx c/ xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx S.A. s/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx” Expte Nro. xxxxxx / xxxxx- a V.S. respetuosamente digo:
Que solicité a la demandada, cita para la exhibición de documentación necesarios para poder responder a los puntos de pericia ordenados por V.S. en autos.
Que dicha solicitud la efectué por teléfono y vía e-mail a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx S.A. donde no me respondieron.
Al mismo tiempo me comunique con el letrado del Autor sin tener respuesta aún.
Que debido a que la documentación no me fue facilitada a la fecha, solicito a V.S. intime a la demandada a poner a disposición de este perito
toda la documentación necesaria y fije fecha para la compulsa, para dar respuesta a los cuestionarios periciales de autos, en el plazo que V.S. determine.
Que, asimismo, vengo a peticionar se suspenda el plazo para presentar la pericia de autos hasta el momento en que se me ponga a disposición toda la documentación necesaria y V.S. determine nuevos plazos.
PROVEA V.S. DE CONFORMIDAD QUE SERA JUSTICIA
INFORMA. SOLICITA REQUERIMIENTO Y SUSPENSION DE PLAZO.-
SEÑOR JUEZ:
XX, perito contador designado de oficio, manteniendo domicilios constituidos en ......... y electrónico bajo la CUIT …………; teléfono …. y casilla de e-
mail…, en autos caratulados: “............. - Expte. Nº .........” , a V. S. respetuosamente manifiesto:
1. Que con el fin de llevar a cabo la tarea pericial encomendada, traté infructuosamente de concertar entrevista pericial con algún responsable de la ...., según la siguiente reseña:…. , todo lo que pido se tenga presente.-
2. En razón de lo anterior, solicito a V. S. que se disponga requerir a la parte …., en el plazo y bajo el apercibimiento que le sean fijados, a fin de que ponga a disposición de este perito, la documentación necesaria1 para poder efectuar la pericia en debida forma, informando en autos nombre y apellido de la persona que atenderá al mismo, casilla de e-mail y número telefónico, para poder concertar entrevista previamente.-
3. Ínterin, peticiono que se suspenda el plazo para presentar el dictamen pericial y que el mismo se reanude a partir del día en que efectivamente pueda realizar la pericia, lo cual será informado en estas actuaciones con suficiente antelación, a fin de que las partes, en su caso, informen lo que entiendan que corresponde, lo que pido se tenga igualmente presente.-
4. Petitorio:
4.1. Se tenga presente todo lo manifestado.-
4.2. Se disponga el requerimiento solicitado en ut supra “2”.-
4.3. Se suspenda el plazo para presentar el dictamen pericial y que este último sea computado a partir del día que efectivamente pueda hacer la pericia, lo cual informaré previamente en estos obrados.-
Proveer de conformidad.- SERÁ JUSTICIA.-
Autorización cuando se va a presentar dictamen sin vista de la documental
«previo a todo solicito autorizacion»
interin se suspenda el plazo
Es importante destacar que en el fuero del trabajo, no existe la posibilidad de pedir suspensión de plazo por cuanto no está contemplado en la Ley 18.345 que regula la Justicia Nacional del Trabajo . Siendo así, se puede pedir prórroga o bien, informar la fecha de compulsa y pedir que el plazo comience a correr a partir de la misma. Esto sería una interrupción del plazo.
La Ley 18.345, Ley de Procedimiento del Trabajo, establece plazos procesales que son improrrogables y perentorios. La suspensión de un plazo puede ser declarada por el juez en casos de fuerza mayor o causas graves que impidan la realización del acto pendiente. La ley también establece plazos específicos para la contestación de vistas y traslados, que en general son de 3 días en el fuero laboral.
ARTICULO 53. - Plazos procesales. Todos los plazos serán improrrogables y perentorios y correrán desde el día siguiente al de la notificación. No se contarán los días inhábiles ni el día en que se practique la notificación. El vencimiento del plazo producirá la pérdida del derecho que se hubiere dejado de usar, sin necesidad de petición de parte ni declaración alguna.
Si esta ley no fijare expresamente el plazo para la realización de un acto, lo señalará el juez de acuerdo con la naturaleza del proceso y la importancia de la diligencia.
Efectivamente no existe en la ley 18345 en esos términos. Se suele pedir "una interrupción" conceptualmente hablando desde el momento en que se pide que el plazo comience a correr desde x fecha (ampliación). De ahí la confusión generalizada ya que la suspensión propiamente dicha es para procedimientos que no tienen ley especial, siendo de aplicación el CPCC.
Lo que responde Ivon es academicamente perfecto pero en la realidad en el fuero del trabajo tanto en CABA como en Provincia se solicitan suspensión de plazos procesales y siempre los tienen en cuenta. Para hacerlo presento un escrito titulado Perito Contador Informa estado de la Labor - Solicita suspensión de plazos procesales, allí explico claramente la situación. Como resultado en la gran mayoría de los Jueces resuelve suspender los plazos en la minoría responden que los plazos son improrrogables pero en la práctica lo suspenden. En definitiva lo hago siempre (CABA y Provincia de Buenos Aires) con éxito. En casi diez años nunca tuve un inconveniente por este tema, pero siempre presento el escrito. Saludos.

- Algunos peritos incluyen detalle de documentación. ↩︎